El jurado declara culpable al acusado de atropellar y no auxiliar a un joven en 2016 en Santander

Juicio al acusado de atropellar y no auxiliar a otro joven en 2016 en Santander
Juicio al acusado de atropellar y no auxiliar a otro joven en 2016 en Santander - EUROPA PRESS
Publicado: viernes, 14 mayo 2021 20:30

SANTANDER, 14 May. (EUROPA PRESS) -

El jurado ha declarado culpable al joven acusado de atropellar y no auxiliar a otro chico en agosto de 2016 en la Avenida de Los Infantes, en la zona de El Sardinero de Santander, cuando ambos tenían 19 años.

Los miembros del tribunal que ha enjuiciado estos hechos, esta semana en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, han considerado por mayoría -siete de nueve- que el procesado arrolló al peatón causándole graves lesiones -está en coma desde entonces- con una "mediana y manifiesta" negligencia en la conducción, al circular a una velocidad "excesiva" y "por encima" de la permitida en esa vía, limitada a 50 kilómetros por hora.

Y por unanimidad, los jurados han entendido que el implicado es culpable de haberse ausentado del lugar sin prestar auxilio, "debiendo hacerlo", a la víctima a la que acababa de arrollar con el vehículo que conducía de forma "negligente".

Tras esta deliberación, las partes han emitido su alegato final, ratificándose el fiscal en calificar lo sucedido en la madrugada del 26 de agosto como un delito de lesiones por imprudencia menos grave y otro de omisión del deber de socorro.

Por el primero, la acusación pública interesa la condena de una multa, pero no de 4.050 euros que pedía hasta ahora -a razón de 15 euros al día durante 9 meses-, sino de 2.160 euros, al haber rebajado la cuota diaria a 8 euros, además de la prohibición de conducir durante doce meses, el máximo para este tipo. Y por el segundo solicita dos años de prisión.

A la vista del veredicto del jurado, en base al cual el magistrado que ha presidido el tribunal dictará sentencia, la acusación particular -ejercida por los padres el herido- se ha adherido al relato del ministerio fiscal, salvo en la multa, ya que esta parte mantiene en 15 euros la cuota diaria.

Hasta ahora, la familia calificada lo sucedido como un delito de lesiones por imprudencia grave y otro de omisión del deber de socorro agravado, por los que reclamaba, respectivamente, tres y dos años de prisión, es decir, cinco en total.

La víctima fue indemnizada con 2,8 millones de euros por la aseguradora del vehículo, por lo que el representante legal de los progenitores no efectuaba petición alguna en concepto de responsabilidad civil.

De su lado, la defensa del enjuiciado -que estuvo en prisión provisional casi un mes después del siniestro- entendía que su patrocinado no había cometido delito alguno y solicitaba su absolución, alegando además dilaciones en el procedimiento judicial.

Tras del veredicto del jurado, que por mayoría -de seis miembros frente a tres- ha considerado que no deberían concederse al condenado los beneficios de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad, su abogado ha manifestado que esto no está suficientemente fundamentado.

Además, el tribunal se ha opuesto, en este caso por unanimidad, a que se proponga al Gobierno de la Nación el indulto total o parcial de la pena que se le imponga.

(Habrá ampliación)