SANTANDER, 3 May. (EUROPA PRESS) -
El proyecto de Ley de Control Ambiental Integrado de Cantabria, aprobado la pasada semana por el Consejo de Gobierno, contempla tres herramientas para llevar a cabo un "control preventivo integral" en la región y fija sanciones de hasta tres millones de euros para quienes cometan infracciones u obvien las disposiciones de la norma. La futura ley es, en palabras del consejero de Medio Ambiente, José Ortega, un "instrumento moderno", "a la altura del siglo XXI".
Ortega, acompañado del director general de Medio Ambiente, Alfredo Izaguirre, presentó hoy el proyecto de ley, que confía en que pueda ser aprobado por el Parlamento cántabro para finales de verano, de forma que en 2007 entre en vigor.
A partir de entonces se abrirá un periodo de cuatro años para que las actividades que ya se encuentren en marcha pero requieran ajustarse a las nuevas determinaciones, puedan hacerlo, obteniendo el acta de conformidad. Se da, por tanto, "un colchón de cuatro años para ponerse en regla". No obstante, en el caso de la Autorización Ambiental Integrada, el plazo tope para conseguirla, tal y como señala la norma básica estatal, es el 30 de octubre de 2007.
El proyecto de ley regula tres instrumentos de control y prevención, la Autorización Ambiental Integrada, la Evaluación de Impacto Ambiental y la Comprobación Ambiental. Los dos primeros suponen el desarrollo de la normativa básica estatal, aunque rebajan en algunos casos los baremos a partir de los cuales habrá que someterse a dichas figuras, con lo cual será una ley "más exigente" en determinados casos.
En cuanto a la tercera figura, es una novedad propia del texto cántabro y pretende cubrir así el resto de actividades que, de alguna manera, pueden tener incidencias ambientales pero no están sujetas a las anteriores. Con ello se busca, además, "eliminar algunas lagunas, garantizar un control completo" y favorecer la interacción de las distintas administraciones.
El objetivo del proyecto de Ley de Control Ambiental Integrado es, según señaló Ortega, "cubrir" una "carencia ya dilatada" de normativa ambiental en la región y dotar a Cantabria de un "instrumento moderno y completo, que haga posible hacer frente a las exigencias que impone un control preventivo y sancionador". Así, cuando esté aprobada, la comunidad se dotará de "un instrumento que no tenía" y que "cubre múltiples aspectos complementarios".
Hasta ahora Cantabria no cuenta con ninguna norma con rango de ley sobre cuestiones ambientales. La situación se rige por un Decreto de Evaluación de Impacto Ambiental, que data del año 1991, sobre el que además recayó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que obligó en su momento a modificarlo a través de una ley aprobada expresamente para subsanar ese problema.
CONTENIDOS
El proyecto de ley que acaba de aprobar el Gobierno cántabro se propone solventar esa situación. Consta de 51 artículos repartidos en cinco títulos. Además, incluye tres disposiciones adicionales, cuatro transitorias, una derogatoria y dos finales, junto con tres anexos.
El primero de sus cinco títulos establece los aspectos generales de la ley, describe los instrumentos en ella contemplados y la colaboración entre administraciones. Por su parte, los tres siguientes se centran en cada una de las figuras de la norma: la Autorización Ambiental Integrada (Título II), la Evaluación de Impacto Ambiental (Título III) y la Comprobación Ambiental (Título IV).
Finalmente, el título quinto recoge el control y la disciplina ambientales, de forma que plasma el régimen de sanciones, al tiempo que garantiza la inspección y la vigilancia. Los tres niveles de infracciones propuestos (leve, grave y muy grave) prevén sanciones de hasta 30.000 euros para el primero de los niveles, hasta 300.000 para las infracciones graves y hasta tres millones de euros para las sanciones muy graves.
Como infracciones muy graves se considerarán, por ejemplo, iniciar una actividad o un proyecto sin contar con la Autorización Ambiental Integrada o la Declaración de Impacto Ambiental (según la que se necesite para dicha actividad) o en contra de las especificaciones en ellas contempladas; o la omisión de las revisiones y controles periódicos cuando supongan un grave deterioro del medio ambiente o un peligro para la salud.
ALGUNAS NOVEDADES
La norma, que requerirá también de un desarrollo reglamentario posterior y obliga al Gobierno a publicar el reglamento de desarrollo en el plazo de tres meses desde su aprobación, introduce algunas novedades respecto a la regulación anterior.
Así, además de rebajar en algunos casos los umbrales propuestos por la normativa estatal, en el caso de la Evaluación de Impacto Ambiental opta por una de las dos figuras que recogía el decreto cántabro de 1991, quedándose con el "más exigente" de los dos, la Declaración de Impacto Ambiental, que implica información pública de todo el proceso y un estudio de impacto más exigente.
Al mismo tiempo, se determina que los estudios de impacto ambiental deberán ser elaborados por equipos de profesionales de "reconocida solvencia técnica y profesional" y, para ello, se creará un registro de profesionales acreditados.
Por otro lado, se "coordina" la tramitación de las modificaciones y planeamientos urbanísticos con su tramitación ambiental, evitando el "desfase" actual.
PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO
El consejero de Medio Ambiente destacó la "amplia participación" que ha presidido la elaboración de este proyecto de ley, al que se han ido incorporando modificaciones con su paso por distintas instancias. Tras ser elaborado por un grupo de juristas de la Universidad de Cantabria, ha sido sometido al contraste por parte de los técnicos de medio ambiente y al informe de las demás consejerías y de los Servicios Jurídicos.
También tiene el dictamen favorable del Consejo Económico y Social (CES) de Cantabria y ha sido debatido en el Consejo Asesor de Medio Ambiente. Además, Ortega consideró que en su tramitación parlamentaria se puede continuar por esa senda de incorporación de mejoras.