El MARM convoca ayudas por importe de un millón para la innovación tecnológica en el medio rural

Actualizado: martes, 20 abril 2010 16:36

SANTANDER, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy una resolución del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) por la que se convocan ayudas, por importe de un millón de euros, destinadas a la innovación tecnológica en el medio rural para el ejercicio 2010.

Los beneficiarios de estas ayudas serán las organizaciones profesionales agrarias de carácter general, organizaciones sindicales más representativas y organizaciones que representen a colectivos con dificultades de inserción que estén vinculadas al medio rural, así como entidades constituidas en Redes de Desarrollo Rural.

También se incluyen las federaciones de comunidades de regantes y entidades relacionadas con la conservación de la naturaleza, el fomento de la producción ecológica y el desarrollo sostenible del medio rural.

Además, según establece la Resolución, las subvenciones se otorgarán a los beneficiarios para las actividades desarrolladas desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de 2010.

Asimismo, las subvenciones se destinarán para los gastos correspondientes a redes y aulas telemáticas con aplicación de las tecnologías de la información, así como programas informáticos para la aplicación didáctica y divulgativa en el medio rural, incluida la aplicación de tecnología de banda ancha.

También serán subvencionables los gastos de diseño, desarrollo y gestión, tanto de aplicaciones y plataformas tecnológicas que faciliten el trabajo en red, la formación y el tele-trabajo, como los de herramientas informáticas y nuevas tecnologías en general, destinadas a la sistematización de la toma de datos socioeconómicos y técnicos para su posterior análisis, tratamiento y divulgación, de manera que se facilite a la sociedad el conocimiento de la realidad del medio rural.

En cuanto a la cuantía individual de la ayuda, ésta no podrá superar el 80 por cien del importe subvencionable de la actividad a realizar en cada ejercicio, sin superar, por beneficiario el 25 por cien de la dotación anual disponible.