Medio Ambiente pone en marcha el registro de entidades colaboradoras para el control atmosférico

Actualizado: lunes, 14 septiembre 2009 14:17

Las empresas y entidades de inspección deberán inscribirse en este registro para poder desarrollar las funciones de control

SANTANDER, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

Las empresas y entidades de inspección que quieran realizar funciones de control de emisiones atmosféricas en Cantabria pueden solicitar a partir de mañana la inscripción en el Registro de entidades colaboradoras de la Administración en materia de medio ambiente atmosférico (ECAMAT).

Dentro de seis meses será imprescindible estar inscrito en ese registro para que las entidades de inspección puedan desarrollar su actividad en Cantabria y, por ello, teniendo en cuenta los plazos necesarios para la tramitación de la inscripción, deberán solicitarse el registro con al menos tres meses de antelación a la fecha de cierre del plazo.

La creación de este registro de entidades colaboradoras, que se regula en una orden de la Consejería de Medio Ambiente publicada hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), responde, entre otras razones, a las previsiones de la Ley de Control Ambiental Integrado, que establece el control periódico de emisiones y la creación de entidades colaboradoras en materia de medio ambiente.

En este registro podrán inscribirse empresas o agrupaciones de ellas con carácter estable, tanto públicas como privadas, que pretendan realizar funciones de control atmosférico en emisión o inmisión, según se explica en la orden, recogida por Europa Press.

Esas empresas quedarán desde entonces obligadas a llevar registros donde quede constancia de los controles realizados, así como de los protocolos, actas, informes o certificaciones emitidos, y se comprometen a alertar de inmediato a la Consejería de Medio Ambiente cuando detecten casos de grave riesgo de accidente o emergencia que pudiera afectar al medio ambiente.

Asimismo, tendrán que remitir anualmente a la Consejería de Medio Ambiente una relación de los trabajos realizados en Cantabria, y también deberán hacer llegar a dicho órgano los informes de auditoría de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y los planes de acciones correctoras.

Además, deberán conservar durante diez años los expedientes, la documentación y los datos de los controles realizados, para posibles consultas, y tendrán que salvaguardar la información obtenida en sus actividades.

Para inscribirse en el registro, las empresas interesadas deben presentar su solicitud en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente acompañada de diversa documentación, como los certificados de acreditaciones de los laboratorios propios o externos con los que trabaja; la relación y capacitación de los profesionales que desarrollarán las funciones de control; o los medios materiales de que se dispone, entre otras cuestiones.

Medio Ambiente tendrá un plazo de dos meses para resolver sobre la petición y, en caso de terminar el plazo sin respuesta, la inscripción en el registro quedará aprobada por silencio positivo.