Piden una segunda sentencia o que se repita el juicio por jurado que absolvió al acusado de matar a su inquilina

Actualizado: martes, 12 mayo 2009 15:26

La defensa reprocha a fiscalía y acusación particular que pretenden "sustituir" el juicio del jurado por el suyo propio

SANTANDER, 12 May. (EUROPA PRESS) -

La fiscalía reclamó hoy ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) una segunda sentencia contra el acusado de matar en julio de 2007 a su inquilina, en la que no se tenga en cuenta la eximente de trastorno mental transitorio en la que se sustentó el jurado para absolverle y, en su lugar, se le condene por asesinato. De no ser así, propone que se anule el juicio y se repita.

Y es que, en su opinión, el jurado no explicó suficientemente los motivos en los que sustenta la absolución y, además, incurrió en un error al eximir al acusado de responsabilidad por trastorno mental cuando "en ningún momento" los informes periciales constatan que tuviera anulada la voluntad en el momento de los hechos.

Todos sus argumentos han sido asumidos íntegramente por la acusación particular que, al igual que la Fiscalía, asegura que todos los peritos "de forma categórica y por unanimidad" sostienen que el acusado no tenía anulada su voluntad.

Sin embargo, la defensa les reprocha a ambas partes que pretenden "sustituir" el juicio del jurado por el suyo propio, por uno que se ajuste a "sus intereses", valiéndose para ello de una "inventada falta de motivación" del veredicto que, de ser así, tendría que haber sido motivo de protesta en el propio juicio.

Además, en su opinión, los informes periciales son "divergentes" y mientras los médicos forenses no hallan enfermedad mental, aunque admiten una "leve alteración"; los psicólogos reconocen una posible afección mental, que uno de ellos califica de "limitación severa" y otro "de marcada gravedad", por la situación que vivía el acusado derivada de la "conflictividad" de la fallecida.

"Lo que sucede es que las acusaciones no están conformes" con que el jurado "dé mayor credibilidad" a los informes de los psicólogos que a los de los forenses, aseguró la letrada, quien recalcó que para la aplicación de la eximente por trastorno mental no es necesaria la anulación "completa" de la voluntad y basta una "grave afectación".

El acusado, R.G.A., fue juzgado en el mes de enero en la Audiencia Provincial de Cantabria por un jurado popular que, aunque reconoció que mató a su compañera de piso y la dejó siete días en su habitación, le absolvió porque, a su entender, "no era dueño de sus actos" en el momento de los hechos, fruto de la conducta "conflictiva" de la mujer.

Esta mañana la Sala de lo Civil y Penal del TSJC celebró la vista de apelación, en la que la fiscal y la acusación particular piden que se le condene por asesinato (a 16 y 20 años de cárcel, respectivamente) y la defensa solicita, por su parte, que se confirme íntegramente la sentencia.

ERROR Y FALTA DE MOTIVACIÓN

Los argumentos de la fiscalía, que asume la acusación particular, son básicamente dos, un supuesto error del jurado al valorar las pruebas y una falta de motivación en la sentencia. Así, cree que hay error del jurado al aplicar la eximente de trastorno mental en contra de los informes periciales que, a su entender, constatan que en el momento de los hechos el acusado era consciente de sus actos.

Según dijo, es cierto que uno de los psicólogos reconoce que si se dieron amenazas de muerte por parte de amigos de la víctima al acusado podría haber llevado a una disminución de su voluntad, aunque no a su anulación. Pero matizó que el jurado, en el objeto de veredicto, no consideró probado uno de los hechos en el que se aludía a la existencia de esas amenazas. "Anulación de voluntad, ninguna", sentenció la fiscal.

Pero además, incidió en que el jurado no motivó en qué se apoya para considerar probada esa anulación de voluntad porque se limitó a señalar que se basa en las declaraciones del acusado, los testigos y los peritos sin concretar más.

Desde su punto de vista, el error en la valoración de la prueba es elemento suficiente para pedir una segunda sentencia que revise la anterior y le condene por asesinato o, de lo contrario, cree que la falta de motivación podría dar pie a la anulación y la celebración de un nuevo juicio.

En el caso de que se dicte nueva sentencia, no sólo reclama que el acusado vaya a prisión, sino también que se aumente la indemnización al hijo de la fallecida, menor de edad. En su opinión, no se puede aplicar la indemnización correspondiente a los baremos de tráfico porque la muerte de una madre en las circunstancias en que se produjo --con tres intentos de estrangulamiento y golpeándole la cabeza con un martillo--, más los siete días que estuvo "pudriéndose" en la habitación, no es "equiparable" a un atropello.

Igualmente, rechaza que se tenga en cuenta la atenuante de reparación del daño porque, aunque el acusado consignó 20.000 euros y una escritura en la que entrega el piso en pago, eso no resarce el dolor de la familia y les genera "problemas". La fiscal recalcó que no quieren esa casa, en la que han matado a la madre del menor, y puso en duda que "alguien quiera comprar o alquilar" una vivienda que ha sido "escenario de un crimen de estas características".

EL PAPEL DEL JURADO

La abogada de la defensa, por su parte, negó cada uno de los argumentos de la fiscalía, llegando a calificar algunas de sus tesis de "alarmantemente fantasiosas" y dejando claro que aunque se admitiera la petición de una segunda sentencia no podría ser por asesinato, sino sólo por homicidio, que fue lo que declaró probado el jurado. De todas maneras, dejó claro que no hubo error en la valoración de la prueba ni tampoco falta de motivación y por tanto procede la confirmación de la absolución.

De este modo, insistió en que los informes periciales y las declaraciones de los médicos forenses y los psicólogos en el juicio son "divergentes" y no hay error del jurado, que llega a su conclusión no de forma arbitraria, sino tras interpretar esas pruebas periciales y las declaraciones del acusado y los vecinos que dieron cuenta de la "conflictividad" de la fallecida.

"Esto no es arbitrario. Arbitrario es cuando se hace una valoración ilógica o incoherente, no por el mero hecho de que la parte (fiscal y acusación particular) esté en desacuerdo", apostilló.

Además, respecto a las amenazas, aseguró que se trata de "una burda manipulación" del veredicto por parte de la fiscal, porque lo que se consideró no probado no fueron las amenazas en sí, sino un enunciado en el que se aludía a ellas; y además, según el informe del psicólogo, lo que podía justificar la afectación mental era un conjunto de situaciones derivadas de la actitud de la fallecida, no sólo las amenazas de muerte de sus amigos.

En cuanto a la supuesta falta de motivación aducida por fiscalía y acusación particular, la letrada de la defensa remitió a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los tribunales del jurado en la que se reconoce que no se les puede reclamar la misma exigencia en la motivación que a un juez y se considera suficiente que se enumeren los elementos de prueba tomados en consideración --como así hizo en este caso el jurado--, que después debe fundamentar el magistrado que redacta la sentencia.

En este sentido, recalcó que la fiscal y la acusación se "han olvidado" del magistrado presidente que redactó la sentencia que es al que corresponde también comprobar que un veredicto está motivado para sino devolverlo a los jurados. Además, las partes podrían haber manifestado su protesta en ese momento y no lo hicieron, según la defensa, porque se vio que estaba "perfectamente motivado".