El Racing no debe de pagar una prima que demandaban jugadores de la temporada 2001/02 porque el equipo subió a Primera

Actualizado: martes, 28 febrero 2006 17:07

El Juzgado considera que existieron "tratos preliminares" pero no un acuerdo por parte del club

SANTANDER, 28 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Real Racing Club de Santander no deberá de abonar la prima por valor total de "1.652.783 euros" más un 10 por ciento de intereses, o alternativamente, "1.502.530 euros,", con el mismo porcentaje de intereses, y un reloj de lujo, "a favor de la plantilla de la temporada 2001/02 del primer equipo del Real Racing Club para su reparto", tal y como reclamaban la mayor parte de los jugadores y varios miembros del equipo extra deportivo, un total de 30 reclamantes, como pago extra por haber conseguido ascender de Segunda a Primera categoría.

El Juzgado de lo Social número 1 de Santander ha desestimado íntegramente la demanda, al considerar, que frente a la pretensiones de los demandantes, "tan sólo queda acreditado que existieron tratos preliminares que no llegaron a fructificar", y no "un acuerdo" ni un "convenio escrito".

Así, el magistrado argumenta que aunque los reclamantes afirmaban que habían existido "al menos dos reuniones durante la temporada 2001-2002 para tratar el tema de la prima de ascenso", resulta que "los futbolistas están identificados" pero los representantes del club "no aparecen identificados".

El Juzgado explicita que "no existía obligación legal ni convencional para fijar dichas primas de ascenso", por lo que "quien afirma que existieron debe probar no sólo su importe, sino lógicamente su existencia", lo que no está probado.

Respecto a la existencia de informaciones periodísticas sobre dichas primas, la sentencia recoge que "es cierto que existen diversas noticias de prensa de periódicos de información regional e incluso deportivos de tirada nacional", pero "en ningún caso se cita fuente del club para considerar que esa información está contrastada".

TAMPOCO APARECE LA PRIMA EN LAS ACTAS DEL CONSEJO

Por otro lado, se explica que en las Actas del Consejo de Administración, "ya en el 2001 o en los sucesivos ejercicios, el reconocimiento no sólo de ese concepto sino de la cantidad, que a nadie se le puede escapar que es importante, debería tener su traducción contable", la cual "no consta".

Respecto al compromiso de dicha prima por parte, según los apelantes, de Santiago Díaz sobre las primas, el juzgado expone que en el vídeo, en el que no consta "la fecha de su emisión, ni el lugar, ni el foro", aún en el caso de que fuera cierta esta afirmación, "no puede considerarse un reconocimiento de la pretensión actoral, máxime cuando no era presidente del club en la fecha en que se dice que se realizó el compromiso o se efectuaron las negociaciones para su fijación", en "agosto o septiembre y noviembre de 2001".

En definitiva, la sentencia desestima completamente tanto la pretensión principal como alternativa de los apelantes, "al no haberse probado adecuadamente" la apelación de los 30 demandantes, "más allá de la existencia de unos tratos o negociaciones preliminares", sin que "llegara a quedar acreditado la existencia entre las partes de un auténtico compromiso de establecer un convenio", como sí se acredita "que hubo en los años anteriores".

Así, el Juzgado considera que "no existió, por tanto, un auténtico vínculo contractual entre dichas partes respecto del concepto 'prima de ascenso a primera división en al temporada 2001/02'".

La demanda fue presentada por los jugadores José María Ceballos, Julio Álvarez, José María Alonso, Fernando Morán, José Manuel Suárez, Francisco Borja Enrique Ayesa, Erwin Lemmens, Juan Manuel Delgado, Mario Ignacio Reguero, Javier Pineda, Rodolfo Bodipo, Diego Mateo Alustiza, Francisco Borja Lavín, Pablo Sierra, Francisco Javier García, César Fernández de las Heras, Daniel Rodríguez, José Moratón, Mehdi Nafti, Hans Schomberger, Claudio Arzeno, Ibrahim Ruiz, Sergio Matabuena, y Alberto Trevi.

Además, también impusieron demanda el masajista Rubén Sánchez, los utilleros Manuel San Juan, Tomás Carrera y José Ruiz, así como Francisco Rodríguez y Carlos Torre.