Rebajan la condena al conductor que atropelló a varias personas en las fiestas de Guarnizo

La Audiencia le absuelve del delito de omisión del deber de socorro y atenúa la condena por conducción temeraria por dilaciones indebidas

Europa Press Cantabria
Actualizado: martes, 13 enero 2015 18:15

SANTANDER, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha rebajado la condena impuesta al conductor que atropelló a cinco personas durante las fiestas del Pilar en Guarnizo en 2008, entre ellas varios niños. El tribunal le ha absuelto del delito de omisión del deber de socorro, y le ha atenuado la pena por conducción temeraria y lesiones imprudentes, delitos por los que ha sido condenado a un año de cárcel y tres años sin conducir.

El Juzgado de lo Penal nº 4 de Santander le condenó en enero de 2012 a dos años y medio de cárcel. Ahora la Sección Tercera de la Audiencia ha estimado parcialmente su recurso, pese a su "incalificable conducta", por "dilaciones indebidas" en el proceso, que estuvo "paralizado" durante un año en el Juzgado de lo Penal y otro año en la Audiencia.

Además, le absuelve del delito de omisión del deber de socorro, por el que fue condenado a un año y tres meses de cárcel, porque "tras el atropello, consciente de lo que había hecho, miró hacia atrás, observando cómo la gente se arremolinaba alrededor de las personas que había atropellado, supuso que éstas iban a recibir auxilio inmediato, como así fue, y se marchó del lugar al tener miedo de que le agredieran físicamente, algo que, a la vista de lo acontecido, desde luego no se podía descartar", señala la sentencia.

Los hechos ocurrieron en la calle Paco Gento de Guarnizo durante las fiestas patronales, el 11 de octubre de 2008. Pese a que la calle estaba llena de gente, el conductor la atravesó "a velocidad excesiva" y en "zig zag", arrollando a varias personas que se encontraban tanto en la calzada como en la acera.

"Pese a ser consciente de que había atropellado a varias personas, reanudó la marcha a gran velocidad a pesar de tener la visibilidad seriamente mermada por haberse fracturado la luna delantera del vehículo, carecer del retrovisor derecho y tener roto y colgando el izquierdo", según relata la sentencia, recogida por Europa Press.

En su recurso, el condenado también pedía que se le aplicasen las atenuantes de confesión y adicción a las drogas, peticiones que el tribunal desestima, en el primer caso porque aunque se presentó voluntariamente ante la Guardia Civil de Astillero, lo hizo casi tres horas después, cuando ya sabía que le habían identificado y le estaban buscando, y después de haber estado bebiendo alcohol en casa de una amiga.

Esta circunstancia ha impedido determinar si estaba ebrio en el momento del atropello, lo que "le ha servido para esquivar" la imputación por conducción bajo la ingesta de alcohol. Además, el tribunal señala que su confesión "no fue veraz", al negar velocidad y maniobras arriesgadas. "Basta ver los daños en el coche y en las personas atropelladas para colegir que iba desde luego a algo más" de los 30 kilómetros por hora que declaró, añade la sentencia.

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