Tribunales.- El hombre absuelto de matar a su inquilina deberá pagar 258.000 euros a los padres e hijos de la víctima

Europa Press Cantabria
Actualizado: viernes, 6 febrero 2009 16:16

SANTANDER 6 Feb. (EUROPA PRESS) -

El hombre absuelto de un delito de asesinato por matar a su inquilina porque ésta no le dejaba dormir deberá indemnizar a los padres e hijo de la víctima con un total de 257.979 euros.

Así lo establece la Audiencia Provincial de Cantabria en una sentencia, hecha pública hoy, en la que se determina que el casero, Ramón G.A., deberá pagar al hijo de Rebeca C.V., que tenía 12 años cuando falleció su madre, con 178.601 y a los padres de la víctima con 79.378 euros.

La Fiscalía y la Acusación Particular pedían una indemnización de 300.000 euros para el niño y 200.000 euros para los padres de la mujer fallecida. La Defensa, en cambio, solicitaba que se aplicara el baremo propio de accidentes de tráfico y se acordaran, por tanto, 140.000 euros para el menor y 66.147 para los padres.

Con anterioridad a la celebración del juicio, el acusado ya había consignado 20.000 euros para reparar el daño y también había ofrecido en pago el domicilio de su propiedad, en el que ocurrieron los hechos y que se ubica en la calle Peñas Redondas número 3 de Santander.

"NO ERA DUEÑO DE SUS ACTOS"

En el fallo se recuerda que el jurado popular decidió absolver al acusado porque consideró probado que tenía las facultades mentales alteradas debido a la conducta "conflictiva" de la víctima y "no era dueño de sus actos" en el momento de los hechos, que tuvieron lugar en julio de 2007.

Tras la decisión del jurado, --que dio a conocer su veredicto el pasado jueves, 29 de enero, después del juicio celebrado los días anteriores en la Sección Primera de la Audiencia Provincial--, Ramón G.A. quedó en libertad. Así, nada más conocerse el veredicto, le retiraron los grilletes y la Policía le acompañó a la Prisión Provincial --donde permanecía ingresado por estos hechos desde el 8 de julio de 2007-- a recoger sus pertenencias. Además, debía acudir al juzgado los días 1 y 15 de cada mes hasta que se dictara la sentencia correspondiente.

La Fiscalía y la Acusación Particular imputaban al procesado un delito de asesinato por el que pedían penas de 16 y 20 años de cárcel respectivamente. En cambio, la Defensa reclamaba su absolución, o en su defecto, una condena de cinco años por homicidio.

ESTABA "ALTERADO"

Al final, el jurado, basándose en gran parte en los testimonios de los forenses y los vecinos, ha considerado probado que el hombre mató a su inquilina --como él mismo confesó a los pocos días del suceso y, también, durante el juicio--, pero le absuelve porque entiende que lo hizo alterado por la conflictividad de la mujer.

El veredicto del jurado consideraba probado por unanimidad que la madrugada del 2 de julio de 2007 el acusado llegó sobre las 5.30 horas a su domicilio, donde también residía la víctima, a la que había alquilado una habitación.

En un momento dado, al no conseguir conciliar el sueño, se levantó y se dirigió al sofá, donde estaba su inquilina, a la que agarró del cuello con las dos manos y apretando con fuerza. La mujer opuso resistencia y se inició entonces un forcejeo durante el cual se desplazaron hasta el pasillo de la vivienda, donde el procesado cogió un martillo y la golpeó en la cabeza.

Al partirse el mango del martillo, volvió a agarrarla por el cuello con fuerza manteniendo la presión, a consecuencia de la cual, la mujer falleció por asfixia.

El jurado, unánimemente, también cree probado que tras matarla, el hombre envolvió el cuerpo en una manta y lo llevó hasta la habitación que la mujer tenía alquilada, donde la dejó bajo una bolsa de basura con ropa de la fallecida. A continuación, limpió la sangre del suelo del pasillo con una fregona y tiró a un contenedor el martillo y el pijama que llevaba puesto --que se había manchado de sangre--.

Días después, el 7 de julio, decidió avisar a una vecina de que percibía un olor extraño en la vivienda y pensaba que su inquilina podría haber fallecido, pero no reconoció ser el autor de la muerte cuando los policías se presentaron en la vivienda. Fue posteriormente, por iniciativa propia, cuando confesó ser el autor del crimen.

UNA INQUILINA "CONFLICTIVA"

El jurado consideró que en la vista no se probó que el acusado tuviera la intención de causarle la muerte a su inquilina y tampoco que ella estuviera dormida en el sofá cuando él regresó de trabajar el día de los hechos.

Lo que sí consideraron acreditado los miembros del jurado es que el hombre actuó sin ser dueño de sus actos, afectado por una alteración de sus facultades mentales provocada por causas relacionadas con la conducta "conflictiva" de la víctima.

Ésta es precisamente la tesis que defendía la Defensa a lo largo del juicio, ya que, según sostenía, la fallecida era una persona "conflictiva, por su vida desordenada y sin actividad laboral fija" y porque llevaba a la vivienda a personas también conflictivas como "drogodependientes y delincuentes", y esto molestaba al acusado y a los vecinos, que se le quejaban del ruido y las molestias.

Contenido patrocinado