El TSJC anula la variante de Oyambre y condena al Gobierno a restaurar los terrenos afectados

Actualizado: viernes, 9 noviembre 2012 18:41

Las obras estaban paralizadas desde octubre de 2010


SANTANDER, 9 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado la variante de Oyambre y ha condenado al Gobierno regional a la restauración de los terrenos afectados por las obras de ejecución del proyecto en la zona de la variante Este, reordenación de aparcamiento en la playa de Oyambre y glorieta final.

De esta forma, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC estima parcialmente el recurso interpuesto en septiembre de 2010 por la asociación Ecologistas en Acción contra la resolución de octubre de 2008 del entonces consejero de Obras Públicas, José María Mazón, que aprueba el proyecto de mejora de la carretera de la ría Capitán a San Vicente de la Barquera en el tramo playa de Oyambre-Puente de la Maza, y contra la declaración de impacto ambiental, cuya "nulidad de pleno derecho declaramos", tal y como reza la sentencia, que desestima las causas de inadmisibilidad del recurso expuestas por la Administración regional.

Estas obras fueron paralizadas de forma cautelar por el TSJC en noviembre de 2010 al entender que podrían causar un "evidente daño o perjuicio" ambiental al entorno natural.

Dos años después, la sala certifica ahora que el proyecto afecta "de forma tangencial" al LIC Rías occidentales y duna de Oyambre, "invade" a lo largo de 100 metros el LIC en la playa de Merón y afecta a su sistema dunar, y también produce una afección "de intensidad alta" y un "impacto severo" en el humedal de Los Llaos, en el Parque Natural de Oyambre, por lo que "no se entiende" que la Dirección General de Conservación de la Naturaleza haya señalado que no es necesario un informe de afección que no consta en el estudio de impacto ambiental.

La sentencia añade que la alternativa elegida "no estaría debidamente justificada" y que la ponderación de los valores ambientales en juego "no es la correcta", ya que si bien se ha puesto como argumento de la alternativa elegida la recuperación de la duna terciaria interrumpida por el actual trazado entre la playa de Oyambre y la parte alta del campo de golf, su recuperación total no puede llevarse a cabo mientras la duna sea parte del campo de golf.

El TSJC entiende que el proyecto no consolida ni deja cerrada la recuperación total de la duna Zapedo ya que se limita a cambiar la trayectoria de la carretera antigua en cuanto afecta a la duna pero sin referencia alguna a la actividad pendiente de desarrollar para recuperar su vegetación, lo cual "echa por tierra parte de la finalidad del proyecto y la justificación de la alternativa escogida, lo que viene a justificar su ilegalidad".

El TSJC apunta además "una nueva irregularidad añadida al proyecto" al no haber sido informado por el Patronato del Parque Natural de Oyambre.

La sentencia dictamina que el Gobierno tendrá que realizar un informe de afección y adoptar las medidas correctoras y compensatorias necesarias para garantizar la consecución de los objetivos de la Red Natura 2000.