TOLEDO 4 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de la Provincia de Toledo (BOPT) publicó de manera oficial, el pasado sábado 28 de febrero, las condiciones específicas de la primera convocatoria 2009 de ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas en el Casco Histórico.
El mismo día también se publicó la convocatoria de ayudas a locales comerciales. Por lo tanto, el plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria, que está dotada con 1.000.000 de euros, quedó abierto el pasado lunes 2 de marzo y se prolongará hasta el próximo 17 de abril, informó el Consorcio en nota de prensa.
En esta convocatoria ya es aplicable la nueva Ordenanza de Ayudas a la Rehabilitación de Edificios y Viviendas, que aprobó el Pleno del Ayuntamiento de Toledo el pasado 29 de enero. También se aplicará ya la nueva Ordenanza de Ayudas a la Rehabilitación de Locales Comerciales, aprobada como la anterior el 29 de enero.
Las principales modificaciones que incorpora la nueva Ordenanza se pueden resumir en que actualiza el "módulo de rehabilitación", incluye nuevos beneficiarios de las ayudas, elimina el presupuesto mínimo para solicitar subvenciones, actualiza los tramos de la Renta para la concesión de las mismas e incorpora, como nuevas actuaciones subvencionables, la eliminación de cableados, la centralización de antenas y la retirada de aparatos de climatización.
Además, amplia el límite máximo del volumen de obra con derecho a subvención para intervenciones en elementos comunes y que ésta se gradúe en función de la catalogación del inmueble.
La oficina de Atención al Ciudadano del Consorcio de la ciudad de Toledo, situada en la Plaza de Santo domingo el Antiguo, 4, ofrece toda la información y asistencia técnica necesarias a las personas interesadas en solicitar ayudas para rehabilitar edificios, viviendas y locales comerciales en el casco Histórico.
Esta Convocatoria de Ayuda a la Rehabilitación de Edificios y Viviendas en el Casco Histórico está referida a la conservación, consolidación, restauración, acondicionamiento y reestructuración de los edificios y viviendas situados en el conjunto histórico.
En este sentido, las actuaciones en viviendas deberán atender prioritariamente a mejorar las condiciones de habitabilidad relativas a distribución interior, instalaciones de agua, electricidad, ventilación, iluminación natural y aireación, aislamiento térmico, servicios higiénicos e instalaciones de cocina y otros servicios de carácter general. En estas subvenciones a la rehabilitación también están incluidos los elementos comunes de los edificios.
En lo que se refiere a los elementos especiales y de interés arquitectónico, las actuaciones subvencionables, en las que ya no existe presupuesto mínimo, van encaminadas a la consolidación, restauración o reposición de portadas y miradores de madera, elementos o herrajes de forja singulares, artesonados y alfarjes, cristalerías y emplomados, elementos especiales de cantería, esgrafiados y motivos decorativos relevantes y revocos singulares de fachadas y patios. Asimismo se podrá contar con ayudas para la conservación de elementos arqueológicos singulares.