MADRID, 22 Feb. (EUROPA PRESS)
El fiscal del Tribunal Supremo Fernando Herrero Tejedor y los abogados de la acusación rechazaron hoy en la vista celebrada ante la Sala Militar del alto tribunal que el teniente coronel de la Guardia Civil Antonio Peñafiel, condenado a 46 años de cárcel por el Tribunal Militar Central, estuviese enajenado cuando mató, el 17 de junio de 2003, a dos compañeros en la Comandancia de Albacete, y dejó malherido al agente que le sucedió en su puesto, tal y como alegaba el condenado en su recurso de casación.
El representante del Ministerio Público afirmó que Antonio Peñafiel padecía un trastorno paranoide y narcisista, que deterioraba el control sobre sus impulsos, pero que conocía la ilicitud de los hechos y tenía conciencia de sus actos. Por ello, consideró apropiada la sentencia del tribunal militar contra el procesado, quien recurrió la resolución ante el Supremo solicitando que se le aplique la eximente de enajenación mental transitoria.
Por su parte, el abogado de la viuda de Francisco Naharro, médico del cuartel asesinado por Peñafiel, aseguró que el teniente coronel no tenía disminuida su capacidad para controlar los impulsos, lo que resultaría "incompatible" con las circunstancias en las que, según él, se desarrollaron los hechos: el agente robó una pistola en el acuartelamiento "con astucia y rencor", habló con "normalidad" con multitud de personas, disparó "sólo a quien quería disparar" y pidió a Naharro que le esperase para que le hiciese una receta médica y posteriormente matarle.
Según sostuvo, las pruebas psiquiátricas periciales de la Guardia Civil subrayaron que el procesado era "muy inteligente" y que "no sufría brotes agresivos, sino de odio", lo que, añadió, queda confirmado por la "tranquilidad pasmosa" con la que cometió los hechos: "Tenía una actitud serena, y en ningún momento le tembló el pulso", agregó el letrado.
Sin embargo, el letrado de Peñafiel, Marcos García Montes, consideró que el acusado se encontraba en un "delirio onírico" cuando cometió los crímenes, y bajo "efectos de un muy grave trastorno de los impulsos": "Aquel día era otra persona, ese otro que todos somos".
Asimismo, remarcó la "trayectoria intachable, tanto personal como profesional" del procesado, a quien calificó de "persona honorable", y achacó la supuesta enajenación mental de su cliente a la situación derivada "del acoso y derribo de una persona honesta". Peñafiel, aseguró su letrado, iba a jugar al tenis cuando decidió ir al cuartel en el que se produjeron los hechos. "No conozco a nadie que vaya a jugar al tenis con cinco balas en el bolsillo", replicó el abogado de la viuda de Naharro.
INDEMNIZACIÓN DEL ESTADO.
Por su parte, el abogado del Estado explicó los motivos por los que ha recurrido la condena del Tribunal Militar Central, que considera al Estado responsable civil subsidiario de las indemnizaciones de 744.000 euros que fueron reconocidas al herido y a las familias de los dos muertos.
Según explicó, para que se condene al Estado al pago de las indemnizaciones es necesario que un delito sea cometido por un miembro del Cuerpo en acto de servicio. Sin embargo, añadió, en el caso juzgado Peñafiel no desempeñaba ningún cargo militar, pues se encontraba a la espera de destino, motivo por el cual tampoco podía estar cumpliendo ningún acto de servicio cuando se produjeron. Esta argumentación fue rechazada tanto por el fiscal como por las acusaciones.
Asimismo, el letrado del teniente coronel Antonio Lázaro Gabaldón, quien sucedió a Peñafiel en el puesto y fue malherido en el ataque, solicitó que el Tribunal Supremo le impusiese una orden de alejamiento respecto de la ciudad de Albacete y del lugar en el que resida la víctima y sus familiares. Asimismo, instó al tribunal a que, desde el momento en que fuese firme la sentencia, no pudiese comunicarse de ninguna forma con su víctima o sus familiares.