El Ayuntamiento de Alcázar (Ciudad Real) tramita unas 300 solicitudes para la exención del IBI por las inundaciones

Europa Press Castilla-La Mancha
Actualizado: martes, 1 abril 2008 14:35

ALCÁZAR DE SAN JUAN (CIUDAD REAL), 1 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) tramita en la actualidad cerca de 300 solicitudes individuales que piden la exención del Impuesto de Bienes e Inmuebles (IBI), tanto de urbana como de rústica del año 2007 por los daños que ocasionaron en viviendas y explotaciones agrarias las tormentas e inundaciones del mes de mayo del año pasado.

El departamento de Economía comprueba en estos días si estas solicitudes pueden acogerse al Reglamento establecido por el Consistorio el pasado mes de octubre en base al Real Decreto que el Gobierno Central puso en marcha en el mes de junio de ese mismo año.

Según anunció hoy el alcalde, José Fernando Sánchez Bódalo, el pleno que se celebrará esta tarde rechazará una moción del Grupo municipal de Ciudadanos por Alcázar (CxA) que propone declarar nulo el Reglamento de ayudas a damnificados por las tormentas para la exención del IBI.

Será desestimada, según el primer edil, "porque se presenta fuera de plazo y el Reglamento ya está vigente y porque no cumple ninguna de las situaciones que contempla la Ley para que se declare nulo".

Sánchez Bódalo reconoció que existe un grupo de vecinos de la urbanización Señorío de Alcázar, "cuyo planteamiento coincide con el de CxA" en que no es necesario cumplir determinados requisitos para beneficiarse de esta exención, amén de esta en la zona objeto de la inundación "y no es así", ya que el Real Decreto "fija dos condiciones a objetivar".

La primera de ellas es que el demandante de la exención sea propietario de la vivienda, "porque sino no paga el IBI" y segundo es haber tenido que ser realojo en otro inmueble hasta la reparación de los daños. Esta circunstancia es aplicable tanto para viviendas como para empresas.

ÚNICO AYUNTAMIENTO.

Sánchez Bódalo subrayó que el de Alcázar de San Juan es el único Ayuntamiento de los cientos de afectados por las tormentas de esas fechas, que ha desarrollado la norma que contempla "requisitos concatenados".

El Consistorio "con criterio común", añadió, "ha cuantificado y objetivado" el daño que han establecido en el 15%, "a no ser que se demuestre que no se puede vivir en ese lugar por los daños", en cuyo caso también podrían beneficiarse de esta medida.

El alcalde recordó que estos vecinos también apuntan que por el hecho de haber sido desalojados, ya eran beneficiarios. Sin embargo, "la Orden no habla de desalojo, sino de realojo", por lo que consideró que el Ayuntamiento ha hecho una "actuación medida, pero no es injusta ni ilegal, porque de considerarla así, deben recurrirla". En este sentido, declaró que "ha habido vecinos de esta urbanización que no han hecho ni reclamación, sino un escrito con manifestaciones subjetivas y no han hecho solicitud con arreglo al funcionamiento establecido".

En caso de rústica, la exención del IBI se practicará en base a los polígonos declarados como afectados en el Decreto de la Junta de Comunidades.

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