Publicado el decreto por el que se crea y regulan las funciones, composición y funcionamiento del Comité de Bioética

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Publicado: viernes, 11 marzo 2022 9:02

TOLEDO, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este viernes el decreto de la Consejería de Sanidad por el que se crea el Comité de Bioética de la Comunidad Autónoma, así como regular su organización, composición y funcionamiento.

Según publica el DOCM y recoge Europa Press, este Comité se configura como órgano colegiado, sin personalidad jurídica propia, independiente y de carácter consultivo en materia de ética asistencial y de la investigación biomédica.

El Comité ejercerá sus funciones asesoras con plena autonomía y sin dependencia funcional de ningún órgano. Sus miembros no podrán recibir órdenes o indicaciones de ninguna autoridad en el ámbito material de las competencias del Comité y queda adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad, en cuyos servicios centrales tendrá su sede.

Son funciones del Comité de Bioética emitir informes, propuestas y recomendaciones para las autoridades sanitarias en aquellas materias relacionadas con las implicaciones éticas de la asistencia y la investigación.

También emitir informe en relación con la acreditación de los Comités de Ética Asistencial del Servicio de Salud de CastillaLa Mancha (Sescam) y del ámbito de la sanidad privada e impulsar el desarrollo de la bioética en la región.

Asimismo, entre sus funciones están colaborar en la formación en materia de bioética de las personas profesionales del ámbito sanitario y sociosanitario y promover la creación de Comités de Ética Asistencial tanto en el ámbito de la sanidad pública como privada.

También están la de asesorar en los aspectos relativos a los nuevos avances en investigación biomédica, coordinar y asesorar a los Comités de Ética Asistencial del Sescam, asesorar a los Comités de Ética de la Investigación (CEIS) y a los Comités de Ética de la Investigación en Medicamentos (Ceims) e nformar los proyectos y disposiciones de carácter general que puedan tener incidencia en el campo de la bioética.

Del mismo modo, elaborará una memoria anual de actividades que se remitirá a la Consejería competente en materia de sanidad y a la Dirección-Gerencia del Sescam y elaborará y aprobará su propio reglamento de régimen interno.

Mantener relaciones de colaboración con otros órganos consultivos de otras administraciones con funciones análogas también está entre las funciones del Comité de Bioética, a las que se añade cualquier otra que le fuera encomendada por la persona titular de la Consejería con competencias en materia de sanidad