Semáforo de safont, remonte, autobús - EUROPA PRESS - Archivo
TOLEDO, 6 Mar. (EUROPA PRESS) -
El transporte público regular de uso general que realicen las empresas cuya sede se ubique dentro del ámbito de Castilla-La Mancha y que realice entre una y seis expediciones completas de ida y vuelta deberá realizar una expedición de ida y otra de vuelta como el día 8 de marzo, con motivo de la huelga convocada por el Día Internacional de la Mujer, según los servicios mínimos establecidos por la Consejería de Fomento.
Así figura en la orden publicada este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, recogida por Europa Press, donde se explica que, en el caso de que las empresas realicen de seis a diez expediciones completas los servicios mínimos consistirán en dos expediciones de ida y dos de vuelta.
Si se realizan más de diez expediciones completas, los servicios mínimos serán, entre las 6.00 y las 9.00 y entre las 18.00 y las 21.00 horas, del 40% de las expediciones de ida y vuelta. El resto de la jornada, los servicios mínimos establecidos serán del 20 por ciento de las expediciones.
Además, se recuerda que la responsabilidad del personal que desarrolle servicios mínimos corresponderá a las empresas afectadas.
De su lado, también la Consejería de Sanidad, en otra resolución publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, ha establecido los servicios mínimos en materia de salud pública y de asistencia sanitaria prestada tanto en los centros, servicios y unidades adscritos a la Consejería de Sanidad como en los del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, con motivo de la huelga general convocada para el día 8 de marzo prestados a través de gestión indirecta.
La resolución explica que el personal que prestará los servicios mínimos en los distintos centros, servicios y Unidades será realizada por las personas titulares de la Dirección General de Salud Pública y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Sanidad, para los servicios de salud pública; los directores de los centros adscritos a la Consejería de Sanidad que prestan asistencia sanitaria, para este tipo de centros.
También las personas titulares de las gerencias de Atención Integrada, Atención Primaria, Atención Especializada y Urgencias, Emergencias y Transporte Sanitario, para la atención sanitaria que presta el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, y las personas titulares o responsables de las empresas o entidades que realicen la gestión indirecta de los servicios de titularidad pública.