Trib.- Concluye este viernes el juicio por la agresión homófoba en Pozaldez al fallar la videoconferencia de la forense - EUROPA PRESS
VALLADOLID 13 Jun. (EUROPA PRESS) -
Las acusaciones en el caso de la presunta agresión homófoba de Pozaldez (Valladolid) han mantenido este viernes sus peticiones de condena para los seis encausados, entre los tres años de cárcel que pide la fiscal del caso y los siete y nueve que postulan, respectivamente, la acusación particular y la popular, ejercida esta última por la Fundación Triágulo, al entender que el incidente estuvo claramente motivado por la condición de homosexual de la víctima.
La tercera y última de las sesiones celebradas en la Audiencia de Valladolid ha tenido como broche los informes de los acusadores y de las seis defensas, tres de cuyos patrocinados, Gabriel P.A. y los hermanos Axceo y Ozdín F.M, han tomado la palabra, antes de que el juicio quedara visto para sentencia, para pronunciar unas breves palabras en las que han reiterado su inocencia.
Sin embargo, tanto la acusación pública como las otras dos acusaciones, apoyadas en el testimonio de los guardias civiles actuantes y de testigos de los hechos, han coincidido al señalar que aquella madrugada del 21 de mayo de 2023 el incidente ocurrido en una carpa de Pozaldez donde se estaba celebrando una discomovida estuvo presidido por el odio de los seis participantes hacia Francisco José M.S, quien se encontraba acompañado de unas amigas y a quien, como así sostienen, propinó inicialmente un puñetazo en la cara uno de los encausados, Álvaro F.L, tras oírse el grito de "¡maricón, puto maricón!" y acto seguido, al caer la víctima seiminconsciente al suelo, ser pateada por el resto, que para evitar que el agredido fuera socorrido formaron un corro alrededor de él.
Aunque la fiscal ha mantenido que los hechos son constitutivos de un delito de odio y discriminación en concurso de normas con un delito contra la integridad moral, junto con otro delito de lesiones, por los que pide globalmente tres años de cárcel para cada acusado, multa de 3.000 euros y el pago de indemnizaciones en favor de la víctima por importe de 3.561 euros, ha dejado también abierta la puerta, como alternativa, a una condena de dos años y nueve meses de privación de libertad por delito de lesiones con las agravantes de abuso de superioridad y discriminación.
ALEGATO EMOCIONAL DE LA ACUSACIÓN PARTICULAR
Más centrados en términos jurídicos en su exposición la fiscal y el acusador popular, en representación de Fundación Triángulo, la parte emocional la ha puesto el letrado de la víctima, quien en su informe, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha justificado en el miedo y el estado de shock el motivo por el que la víctima se negó a denunciar inicialmente los hechos e incluso a establecer que los mismos tuvieran su origen en su condición sexual.
"¿Alguno de ustedes ha recibido alguna vez una paliza gratuita, sorpresiva, completamente inesperada, y más si es por su orientación sexual? ¿Y saben como se queda la víctima? ¿Tienen idea de la humillación que supone? Yo sí, acojonado, asustado, humillado y mas siendo activista", ha confesado el acusador particular en clara alusión a la agresión homófoba que él sufrió años atrás en sus propias carnes.
"¿Qué gana mi cliente teniéndose que marchar a 600 kilómetros de su casa por miedo?", ha interpelado igualmente a la sala el acusador, que también ha aprovechado para ensalzar la honestidad de Bárbara, la amiga del lesionado que le socorrió y evitó una agresión más grave. "Han podido ver a Bárbara, han podido ver el arrojo que tiene. Es fácil entender por qué fue la única que se lanzó a salvar a su amigo y pudo pasar la barrera, pero con la misma honradez dice que a ella no la tocaron", ha finalizado el letrado para reclamar una condena contra los seis ocupantes del banquillo.
En el lado opuesto, tan solo la defensa de Álvaro F.L, a quien los testigos identifican como el "melenas" que propinó el puñetazo a la víctima, ha modificado su petición absolutoria para pedir para su cliente una multa de 300 euros por un delito de lesiones leves, mientras que los letrados de los otros cinco ocupantes del banquillo han mantenido su solicitud de absolución. Alternativamente, los abogados de Axceo F.M. y Diego F.L, han planteado la posibilidad de que ambos fueran multados también por lesiones leves con idéntica cuantía que la del autor del puñetazo.
Y es que el representante legal de Álvaro, señalado por todos los testigos como el inicial agresor, no ha tenido más remedio que aceptar la participación de su cliente en los hechos pero, sin embargo, al igual que el resto de defensores, ha tratado de desvirtuar que la causa real del incidente fuera la condición sexual de la víctima y ha atribuido el mismo a unos iniciales empujones del grupo de los acusados al de Francisco José y las recriminaciones que el entorno de éste hizo al de su cliente.
"El grupo de la víctima pidió al de Álvaro que dejaran de empujar y es ese y no otro el motivo de la agresión. No ha quedado probado que fuera una motivación de odio por la homosexualidad de la víctima", ha insistido el defensor, quien ha recordado en este sentido que ni el lesionado ni sus amigas refirieran inicialmente a la Guardia Civil la motivación de odio ni oyeran el grito de maricón y sí en una segunda declaración hicieron alusión a estos extremos en lo que, según ha advertido otro de los abogados, "no es más que una estrategia para tratar de agravar una posible condena".
HOMOSEXUALIDAD COMO ELEMENTO "CASUAL"
Por ello, sostiene que estamos ante un incidente "en el que se da la casualidad de que la víctima es homosexual", al tiempo que, en sintonía con el resto de defensas, minimiza los efectos de la agresión y entiende que los hechos son constitutivos de unas lesiones leves ya que no ha quedado acreditados más que unos meros hematomas y para nada unos dientes "saltados o mellados", contrariamente a los que sostienen las acusaciones.
"Se ha tratado de hacer creer que a la víctima le llegaba una lluvia de patadas, lo que se hubiera traducido en fracturas o la necesidad de puntos de sutura, a la vez que eso es incompatible con el hecho de que la amiga de la víctima que le socorrió no recibiera ni un solo golpe", ha añadido el defensor, cuya intervención ha sido minutos después refrendada por el resto de los defensores, uno de los cuales, en representación de Gabriel P.A, ha denunciado graficamente que la prueba testifical y pericial practicada a lo largo de juicio había desmontado la participación en los hechos de un "comando ultramontano".
Dicho letrado ha recordado también al tribunal que ninguno de los testigos ha sido capaz de poner en boca de uno de los acusados el grito de "maricón, puto maricón", algo que entiende que es crucial para dictar un fallo absolutorio por el supuesto delito de odio que se atribuye a los encausados.