Aprobada la Ley de Rehabilitación Urbana como "alternativa clara" a la construcción para reactivar el sector

Actualizado: domingo, 5 julio 2015 9:46

VALLADOLID, 10 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de las Cortes de Castilla y León ha aprobado este miércoles con los votos a favor de la bancada 'popular' y en contra de PSOE y Grupo Mixto la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana concebido como una "alternativa clara" a la construcción de viviendas en el objetivo último de reactivar el sector de la construcción, dinamizar la economía y crear empleo.

Así lo ha defendido el consejero de Fomento y Medio Ambiente, Antonio Silván, quien ha recordado a este respecto que por cada millón de euros que se destina a rehabilitación se generan 56 puestos de trabajo, a lo que ha sumado que cada 1.000 euros de ayuda directa genera una inversión productiva tres veces superior.

Silván ha apelado en todo momento a los efectos positivos que conlleva la 'triple R' (renovación, regeneración y rehabilitación) por lo que ha considerado que ha llegado el momento de actuar dentro de las ciudades --el 51 % de la población reside en las 15 ciudades de más de 20.000 habitantes y otro 21 % en los municipios de más de 5.000 habitantes o en el entorno de las capitales--para mejorar el estado de conservación del parque de viviendas de Castilla y León en pro de su sostenibilidad y de la eficiencia energética.

El consejero ha asegurado que la Ley de Rehabilitación Urbana, que sustituye a la Ley de Vivienda, es una norma para las ciudades de Castilla y León que continúan atrayendo población pero que tienen a sus barrios más antiguos, o espacios urbanos vulnerables, sometidos a cambios funcionales que exigen una intervención a tiempo para evitar su deterioro y garantizar una vivienda "digna".

Desde el Grupo Socialista, que ha mantenido 114 enmiendas vivas para el debate, la procuradora Ana Muñoz de la Peña ha cargado contra una "injusta" norma en la "línea pura aznariana" que "sólo impone nuevos costes" a los ciudadanos y que se ha configurado como una puerta giratoria para privatizar las labores de inspección.

REHABILITAR PUEDAN O NO

Muñoz de la Peña ha cuestionado también una "mala" ley "profundamente ideológica" que revive, a su juicio, el "urbanismo salvaje" que beneficia sólo a unos cuantos "especuladores" en detrimento del bienestar social. "Obligan a las familias a rehabilitar puedan o no", ha advertido la procuradora socialista, que ha echado en falta ayudas para ello, máxime en una época de "plena crisis".

Del mismo modo, ha calificado de "barbaridad" expropiar a quien no pueda rehabilitar y ha lamentado que la Junta no se haya preocupado para nada de los realojos.

Sin embargo, el procurador 'popular' Daniel Sobrados, que ha acusado al PSOE de pretender retrasar la tramitación de la norma sin proponer alternativas más preocupados por la rehabilitación de su partido que por la rehabilitación urbana, ha asegurado que la Ley se sustenta en un marco presupuestario "suficiente".

Desde el Grupo Mixto, José María González ha defendido 40 enmiendas parciales en contra de una Ley que oculta objetivos para "legalizar lo ilegalizable" con el precedente de EE.UU de "gentrificación" de algunas zonas para los mismos que fue rentable la política de vivienda en la pasada década y sin dar garantías a la gente que reside ahora en barrios degradados encareciendo de forma innecesaria las viviendas.

Por su parte, el leonesista Alejandro Valderas ha defendido 27 enmiendas y ha acusado a la Junta de no admitir sugerencias para modificar una Ley de Urbanismo que, a su juicio, se tendría que cambiar entera "y no por esquejes" al mismo tiempo que ha ironizado sobre la falta de quejas de los ayuntamientos algunos de los cuales no sabían ni que se tramitaba el texto normativo, según ha aseverado.

González y Valderas se han mostrado partidarios de no dejar para el Reglamento, "de este o del siglo que viene", aspectos que tendrían que figurar en una "Ley extraña" y han reclamado un listado de edificios con amianto.

DECLARACIÓN RESPONSABLE COMO NOVEDAD

Esta norma incide en avanzar en una ciudad consolidada frente a la dispersión y establece la posibilidad de que unos terrenos clasificados como suelo urbanizable puedan retornarse a suelo rústico. Para ello, los interesados deben demostrar la viabilidad de los terrenos clasificados en su día como suelo urbanizable para no retornar a suelo rústico.

También prioriza la rehabilitación de edificios, incluidas sus instalaciones y sus espacios privativos vinculados cuando exista insuficiencia o degradación de los requisitos básicos de funcionalidad, seguridad, accesibilidad y habitabilidad, y considera esencial actuar en la mejora de la calidad, la accesibilidad y la sostenibilidad del entorno urbano de esos edificios, incluyendo los espacios libres, servicios urbanos e infraestructuras "siempre que exista situaciones de vulnerabilidad o situaciones graves de pobreza".

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva normativa, en sintonía con la legislación europea, es que la licencia urbanística como tal se reserva a los actos más relevantes mientras que para los demás se regula el régimen de declaración responsable, "un acto administrativo más sencillo que beneficia a los ciudadanos y agiliza la tramitación" con la generalización del procedimiento de firma electrónica.

Por su parte, actuaciones urbanísticas consideradas menores no requerirán licencia urbanística municipal y sólo una declaración responsable ante la autoridad municipal que automáticamente dará permiso municipal reservándose el derecho a inspección posterior, no previa como ocurre actualmente.

Esas actuaciones menores son la modificación, reforma o rehabilitación de construcciones e instalaciones (de carácter integral o parcial), el cambio de uso de construcciones e instalaciones (una vivienda que pasa a tener uso comercial), cerramientos y vallados, vallas y carteles publicitarios visibles en la vía pública, instalación de tendidos eléctricos, telefónicos y similares, el uso del vuelo sobre construcciones e instalaciones, la ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo (cuando no afecten a elementos estructurales o no sean de obra nueva), obras menores de sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpintería interior, fontanería, instalaciones eléctricas, enlucidos y pinturas, e incluso trabajos previos a la construcción (sondeos, prospecciones, catas, ensayos y limpieza de solares).

No obstante, la licencia urbanística seguirá siendo necesaria en las actuaciones relevantes: construcciones de nueva planta, demolición de construcciones e instalaciones (salvo en caso de ruina inminente), actividades mineras y extractivas, construcción de presas, desmontes, excavaciones, explanaciones y movimientos de tierra, corta de arbolado y de vegetación arbustiva en suelo urbano y urbanizable, entre otras actuaciones.

La nueva normativa busca el impulso de las políticas de accesibilidad y favorece la instalación de ascensores, aparcamientos adaptados y otros servicios comunes y la consideración de los riesgos en el urbanismo, con previsiones respecto a los terrenos inundables.

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