Aprobados 354.895 euros para facilitar la adaptación laboral del sector del mueble a los cambios en el comercio mundial

Actualizado: domingo, 22 junio 2014 13:49

VALLADOLID, 22 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Economía y Empleo ha aprobado un total de 354.895 euros para facilitar la adaptación laboral del sector del mueble en Castilla y León en 2014 a los cambios estructurales en el comercio mundial.

Según consta en la Orden publicada este jueves en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), las subvenciones están dirigidas a facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector del mueble como consecuencia de los cambios en el comercio mundial.

En concreto, estas ayudas buscan facilitar la reinserción laboral de los trabajadores excedentes del sector del mueble a través de subvenciones especiales para los trabajadores de 55 o más años que tengan problemas para encontrar empleo.

Así, podrán acceder a esta subvención aquellos trabajadores de 55 o más años, excedentes del sector del mueble, que hayan visto extinguida su relación laboral antes del día 2 de diciembre de 2011 y hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo con posterioridad al día 31 de octubre de 2013.

Las subvenciones serán concedidas de forma directa a los solicitantes que reúnan los requisitos establecidos y se otorgarán según el orden de entrada de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación, desde que el expediente esté completo "y mientras exista crédito adecuado y suficiente para atender la correspondiente solicitud".

Para ello, se han recogido 254.895 euros en los presupuestos regionales de 2014 y están previstos otros 100.00 euros para el próximo ejercicio.

Según consta en esta Orden recogida por Europa Press, el periodo de presentación de solicitudes de subvención finalizará el próximo 31 de octubre.

Además, el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde la extinción por agotamiento de la prestación por desempleo de nivel contributivo. "En los casos de suspensión del pago de la subvención por suscripción de un contrato de trabajo, la solicitud para reanudar el cobro de la subvención se presentará en el plazo de dos meses desde la finalización del contrato de trabajo, reiniciándose el derecho al cobro de la subvención a partir de la finalización del contrato", explica la Consejería en esta orden.

Por su parte, si la solicitud de reanudación se produjera fuera de plazo, el cobro de la subvención tendrá lugar desde el día de la solicitud.