SALAMANCA 30 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Asociación de Empresas Salmantinas de Viviendas y Apartamentos Turísticos (AESVAT) y la Asociación de Viviendas y Apartamentos Turísticos de Castilla y León (AVATCYL) se han felicitado por las tres sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sección Tercera) que anulan varios artículos de la Ordenanza Municipal reguladora de los Apartamentos Turísticos y las Viviendas de Uso Turístico de la capital.
A la primera sentencia favorable n° 586/2026, obtenida por AESVAT respecto a los aspectos esenciales de la Ordenanza municipal, se suman ahora las n° 620/2026 y 621/2026, notificadas el pasado 25 de junio, que reproducen el mismo criterio jurídico, tal y como han presentado en rueda de prensa representantes de ambas asociaciones y su equipo jurídico.
Las tres resoluciones, han asegurado, "constituyen un importante pronunciamiento judicial sobre los límites de la potestad reglamentaria de las Administraciones Locales para regular las viviendas de uso turístico y consolidan una doctrina especialmente relevante para el conjunto de Castilla y León", lo que provoca que se fije "una posición con fundamento jurídico sólido".
El Tribunal ha considerado, según han explicado las asociaciones, que "un numeroso conjunto de artículos de la ordenanza, núcleo principal de la regulación municipal, vulnera el ordenamiento jurídico y declara su nulidad". De este modo, han resumido que el Ayuntamiento "no puede, mediante una ordenanza, determinar el uso urbanístico de las viviendas turísticas".
Esta competencia, han añadido, "la de considerarlas bien de uso terciario-hotelero, bien residencial, corresponde, exclusivamente, a los instrumentos de planeamiento urbanístico". En consecuencia, ha declarado la nulidad del artículo 4 de la ordenanza "que pretendía determinar el uso terciario de VUT y AT, por exceder el ámbito competencial propio de una ordenanza municipal", han añadido.
Sin embargo, ambas asociaciones han advertido de que "ha habido en determinados casos sentencias contradictorias". De este modo, la Sección Primera del propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, han subrayado, "ha dictado una resolución contradictoria en procedimientos individuales de propietarios (sentencia nº 608/2026), al considerar que las viviendas de uso turístico deben clasificarse como uso terciario mediante una interpretación del mismo PGOU".
Esta interpretación, han reconocido los equipos jurídicos de AESVAT y AVATCYL, "entra en clara contradicción con las sentencias obtenidas" por las asociaciones, que establecen que el PGOU no puede amparar dicha regulación, dado que esta tipología de arrendamiento no existía en 2007, momento en el que el plan fue aprobado.
LLAMAMIENTO AL ASOCIACIONISMO
Ante esta situación, AESVAT y AVATCYL han hecho un llamamiento "al asociacionismo, con el objetivo de que los propietarios particulares no se vean perjudicados por su menor capacidad de defensa frente a interpretaciones jurídicas contradictorias".
En resumen, las sentencias 586/2026, 620/2026 y 621/2026 rechazan que una ordenanza municipal pueda atribuir esa calificación urbanística, ya que recuerda que la regulación de los usos corresponde exclusivamente al planeamiento urbanístico. Por el contrario, la sentencia 608/2026 sostiene que la consideración de uso terciario deriva directamente del propio PGOU.
El equipo jurídico de ambas asociaciones, Jesús Carballares, Alfonso Hernández y Consuelo de Vicente han analizado las sentencias y han asegurado que "el PGOU tiene eficacia 'erga omnes' ('respecto a todos'), por lo que las sentencias del TSJ deberían dictarse con la misma fundamentación, coherente y uniforme".
AESVAT y AVATCYL han añadido que este asunto "afecta a numerosas pymes y propietarios particulares salmantinos" y que están "en juego decenas de procedimientos posteriores, así como el propio prestigio del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que debe unificar su criterio en sus resoluciones".
La presidenta de AVATCYL, Rosalina Vidal, ha lamentado que hayan pasado por "muchos meses de acoso por parte del Ayuntamiento de Salamanca", al que ha aconsejado que "deje de gastar el dinero de todos los salmantinos" en este asunto. Además, ha recalcado que los propietarios de viviendas y apartamentos turísticos no vienen "a competir" y que son "muy pocos" en relación con el número de plazas hoteleras.
Por su parte, la presidenta de AESVAT, Teresa Majeroni, ha subrayado que los dueños de viviendas y apartamentos turísticos no son "grandes grupos de buitres que compran los edificios, solo son particulares que generan riqueza en toda Salamanca, no solo en el sector de la restauración". Además, ha reconocido que estas sentencias representan "un respaldo muy importante" para el colectivo.