Archivo - Ecuador.- Condenado en Valladolid a 12 años de cárcel por agresión sexual a una niña de 11 años, hija de su pareja - EUROPA PRESS - Archivo
VALLADOLID 18 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Sección 4 de la Audiencia Provincial de Valladolid ha dictado una sentencia en la que absuelve a una empresa de logística y a sus dos socios de los delitos de falsedad en documento privado y estafa procesal.
El tribunal ha aplicado el principio 'in dubio pro reo' al considerar que no ha resultado debidamente acreditada la falsedad de dos recibos de pago presentados por la mercantil en un procedimiento laboral previo, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.
La acusación particular, ejercida por un antiguo trabajador, sostenía que las firmas que aparecían en los documentos de liquidación de haberes no eran suyas y que nunca percibió las cantidades allí reflejadas. Sin embargo, el Ministerio Fiscal interesó la libre absolución de los acusados durante el juicio oral al estimar que los hechos no han quedado probados con la convicción suficiente para quebrar la presunción de inocencia.
El tribunal ha fundamentado su decisión en que la prueba pericial caligráfica, realizada por la Policía Nacional, no ha podido atribuir ni descartar la autoría de las firmas debido a su sencillez.
Asimismo, la sentencia ha destacado que una testigo administrativa de la empresa ha ratificado la entrega de dinero en efectivo al querellante el día de su baja voluntaria, lo que refuerza la tesis de la defensa sobre la veracidad de los pagos.
La resolución judicial ha recordado que el conflicto se originó tras una reclamación de cantidades por parte del empleado, quien cesó su relación laboral en septiembre de 2019. Durante ese periodo, las relaciones entre las partes fueron tensas, llegando el trabajador a ser condenado en firme por delitos leves de lesiones y coacciones contra uno de los socios de la mercantil ahora absuelta.
Finalmente, los magistrados han declarado de oficio las costas procesales al no apreciar temeridad ni mala fe en las partes acusadas. Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de diez días.