TSJCyL desestima el recurso y confirma los 3 años de prisión al excapellán de Las Angustias

Actualizado: lunes, 3 mayo 2021 12:07

   VALLADOLID, 3 May. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado el recurso de apelación presentado por el excapellán de la iglesia de Las Angustias de la capital, O.F.L, y ha confirmado por lo tanto la condena a tres años de prisión por un delito de ciberacoso sexual a menor de 16 años en concurso real con otro delito de abuso sexual.

   La Sala de lo Civil y Penal del TJSCyL, con sede en Burgos, ha fallado en segunda instancia y ha confirmado por ello la sentencia impuesta contra el expárroco a primeros del pasado mes de febrero, según la información del Gabinte de Prensa del citado órgano de justicia recogida por Europa Press.

   La Audiencia de Valladolid impuso una condena de tres años de cárcel al excapellán de la iglesia de Las Angustias, O.F.L, por un delito de corrupción de menores con concurso con otro de abusos sexuales sobre una menor de 13 años a la que envió varios vídeos muy subidos de tono, uno de ellos masturbándose.

   En concreto, el tribunal condenó al religioso a un año de prisión por el delito de ciberacoso y a dos por abuso sexual a una menor de 16 años --Fiscalía pedía cuatro por abuso y corrupción de menores--, junto con su inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular con menores, por tiempo de trece años de cumplimiento simultáneo.

   También procedió imponer al acusado la prohibición de acercarse a la menor a una distancia no inferior a 500 metros y durante diez años, como el comunicarse con ella por cualquier medio y por el mismo tiempo.

   Se impuso igualmente al acusado la medida global de libertad vigilada durante seis años, después de la duración de la pena privativade libertad, junto con la prohibición de desempeñar determinadasactividades que puedan ofrecerle o facilitarle la ocasiónpara cometer hechos delictivos de similar naturaleza y la obligación de realizar un curso de educación sexual.

   En cuanto a la vía de la responsabilidad civil, el tribunal acordó la reserva de las acciones correspondientes en favor de la menor y de su representante legal.

   Contra esta sentencia en segunda instancia cabe recurso de casación, que podrán prepararse en esta misma Sala dentro de los cinco días siguientes al de su última notificación para su interposición ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

  

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