Bocyl publica la orden que convoca ayudas a la conciliación por ciudado de hijos o familiares con 600.000 euros

Europa Press Castilla y León
Publicado: martes, 10 marzo 2026 10:12

VALLADOLID 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este martes la convocatoria de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de ayudas de 1.500 euros dirigidas a las personas a la conciliación dirifidas a las personas que reducen o suspenden su jornada laboral por el cuidado de hijos o familiares.

De este modo, a partir de este miércoles, 11 de marzo, y hasta el 30 de abril, las personas hayan reducido su jornada al menos un 40 por ciento -con la equivalente disminución de salario- o ejercer un periodo de excedencia para el cuidado de hijos o familiares podrán solicitar estas ayudas destinadas, que cuentan con una partida de 600.000 euros (300.000 por línea) pero que puede ser ampliado hasta los dos millones de euros.

En el primer caso, se otorgan subvenciones cuando el derecho se ejerza por un periodo ininterrumpido de seis meses para el cuidado de hijo menor de 12 años, persona con discapacidad, cónyuge, pareja de hecho o de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad -incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho- que, por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo.

En el supuesto de los mayores de edad que estén a cargo de quien solicita la ayuda, no pueden estar desempeñando una actividad retribuida y así las personas que opten a esta ayuda deben haber reducido su jornada un 40 por, ciento, con el correspondiente recorte en su salario, una reducción que también se aplica a los contratos a tiempo parcial, siempre y cuando supongan, al menos, veinte horas de trabajo semanales.

En cuanto a la excedencia, pueden optar a las subvenciones quienes la hayan practicado durante, como mínimo, tres meses ininterrumpidos -mes y medio por miembro de la pareja de manera consecutiva o tres meses en el caso de familias monoparentales- por cuidado de hijo menor de tres años, del cónyuge o pareja de hecho o de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho.

En estos dos últimos casos, no pueden estar desempeñando una actividad retribuida.

Las ayudas serán de 1.500 euros con carácter general pero si se trata de familias numerosas, monoparentales o en situación de acogimiento o guarda con fines de adopción del menor por el que se ejerce la excedencia o la reducción de jornada, puede incrementarse en 1.000 euros.

Las personas en estas situaciones pueden solicitar la ayuda si tienen residencia legal en España, llevan empadronados en un municipio de Castilla y León al menos un año antes de la publicación de la convocatoria, han permanecido en alta como trabajador por cuenta ajena en la Seguridad Social hasta la fecha de inicio de la reducción de la jornada o excedencia y que el nivel anual de renta de la familia no supere los 35.000 euros -17.500 para las monoparentales

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