Condenada a 21 meses por usar datos de una amiga para contratar suministros por 2.883 euros

Condenada por utilizar datos de una amiga para contratar suministros
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 31 enero 2019 11:36

VALLADOLID, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valladolid ha condenado a veintiún meses de prisión a María del Carmen M.G, la mujer que utilizó datos personales de una amiga para, sin conocimiento de ésta, contratar distintos suministros, entre ellos de telefonía, electricidad y gas, que generaron una deuda superior a los 2.800 euros.

El juicio no ha llegado a celebrarse debido a que la fiscal del caso, que pedía inicialmente dos años de prisión; la acusación particular, que interesaba tres años y medio--aplicaba la agravante de abuso de confianza, y la defensa, que pedía un fallo absolutorio, han llegado a un acuerdo para que la condena quedara rebajada a los veintiún meses ya citados, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En concepto de responsabilidad civil, la autora confesa, cuya sentencia es ya firme, deberá indemnizar a las compañías perjudicadas con cantidades que suman 2.883 euros, de ellos 1.250,22 para ONO-Vodafone, 248,28 para EDP, 612,86 para Iberdrola y 807,04 para Jazztel.

Los hechos se enmarcan en la relación de amistad que existía entre la acusada y la víctima, Yolanda del B.G, contexto en el que la primera, aprovechando que había estado en el domicilio de la segunda y conocía todos sus datos personales, utilizó su nombre, apellidos para, sin su conocimiento, contratar diversos servicios.

Así, contrató con Ono-Vodafone y Jazztel servicios de telefonía, así como otros suministros de electricidad y gas con las empresas EDP e Iberdrola.

LA CUENTA DE UN HIJO SIN FONDOS

En los contratos, la acusada facilitó como cuenta de pago una de CaixaBank a nombre de su hijo, donde sabía que los cargos no podían cobrarse por falta de fondos.

La víctima desconocía las contrataciones realizadas a su nombre ya que la correspondencia relativa a los contratos realizados llegaba al por entonces domicilio postal de la acusada, de modo que la primera se enteró de los hechos cuando las compañías le reclamaron las deudas generadas.

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