Condenado en Valladolid a 4 años por agresión sexual sobre una menor de 14, exnovia de su hermano, también menor

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Archivo - Trib.-La Audiencia de Valladolid celebra este lunes juicio por los 862 kilos de 'coca' de Colombia impregnados en carbón - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Castilla y León
Actualizado: viernes, 2 enero 2026 12:59

VALLADOLID 2 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valladolid ha impuesto una pena de cuatro años de cárcel a un varón de 20 años por delito de agresión sexual sobre una menor de 14, exnovia de su hermano, de 15, con la que mantuvo relaciones sexuales, pese a ser plenamente consciente de su minoría de edad, tras quedar con ella en una zona arbolada contigua a la iglesia del Carmen de Extramuros de la capital en junio de 2023.

En su sentencia, el tribunal sentenciador, frente a los diez años y seis meses de cárcel solicitados por las acusaciones pública y particular, ha resuelto condenar al encausado a los citados cuatro años por delito de agresión sexual a menor de 16 años, en su modalidad atenuada y con la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal consistente en la atenuante analógica de confesión, así como a la prohibición de aproximarse a la menor, su domicilio, lugar de estudio, en su caso, u otros que frecuente a una distancia inferior a 300 metros, y de comunicarse con ella, por cualquier medio, incluido el telemático y por persona interpuesta, por tiempo de dos años superior al de la pena privativa de libertad impuesta.

A ello se suma la medida de libertad vigilada por seis años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad; inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y personas con discapacidad por un tiempo de diez años superior al de la pena privativa de libertad impuesta y, en concepto de responsabilidad civil, el pago a los padres de la menor de 3.000 euros por los daños morales ocasionados.

Las acusaciones pública y particular habían pedido por este último concepto 12.000 euros, y a mayores la segunda de ambas partes pidió incluir las facturas por los costes del tratamiento psicológico y psiquiátrico que había recibido y seguía recibiendo la menor, y el daño moral derivado de la gravedad de los hechos, la vulnerabilidad de la menor y la persistencia de secuelas de carácter psiquiátrico como consecuencia de los hechos delictivos.

Pese a que las relaciones entre el joven y la menor fueron plenamente consentidas por ambas partes y que el primero alegó en el juicio desconocer la minoría de edad de ella, la Audiencia de Valladolid da mayor mayor credibilidad a las primeras afirmaciones del acusado en las que llegó a reconocer que sí lo sabía.

EL CONDENADO SABÍA LA CONDICIÓN DE MENOR DE LA VÍCTIMA

"Esta sala no alberga duda de que el acusado sabía la edad que tenía la menor desde el primer momento en que mostró interés en ella, a través de su hermano, (le dijo a su hermano que se la presentara incluso cuando todavía eran pareja y le pidió a la menor su Instagram y su WhatsApp para seguirle por redes sociales) y que lo hizo con el objeto de mantener relaciones sexuales. Por otro lado, si el acusado albergaba alguna duda sobre la edad de la menor, que como decimos no la tuvo porque se la dijo su hermano, le era fácil deducir que podía ser de una edad próxima a la de su hermano, que tenía 15 años, ya que la menor acababa de mantener una relación sentimental con él, y por tanto, ningún error sobre este hecho se puede dar por probado y por consiguiente no se puede aceptar la concurrencia de un error sobre este elemento esencial del tipo penal, pues el procesado conocía esta circunstancia constitutiva del tipo y actuó con asunción y sin importarle las consecuencias que se pudieran derivar de ello", zanja el fallo remitido por el Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y recogido por Europa Press.

Los hechos considerados probados se remontan al mes de junio de 2023 cuando el ahora condenado, de 20 años, conoció a la menor, de 14, ya que ésta había sido la pareja sentimental de su hermano, también menor de edad, durante las primeras semanas del citado mes.

Una vez rota la relación sentimental entre la menor y el hermano del procesado, este último, con conocimiento de la edad de la menor, le pidió su Instagram y su teléfono, siguiéndola por redes sociales. En fecha próxima al día 27 de junio de 2023, le propuso mantener relaciones sexuales y, tras el visto bueno de ella, concertaron una cita para la que el condenado se ofreció a llevar preservativos. Llegado el día y tras encontrarse ambos en el punto acordado, decidieron ir hasta la zona arbolada contigua a la iglesia del Carmen de Extramuros, de Valladolid, donde mantuvieron relaciones sexuales completas con penetración por vía vaginal.

Días después, ambos quedaron en verse de nuevo para un segundo encuentro de carácter sexual, por lo que en la mañana del día 5 de julio de 2023, la menor acudió al domicilio de su agresor, si bien no se llegó a producir encuentro sexual alguno porque la madre de la denunciante se percató a través de la aplicación de teléfono 'family link' de que su hija no se encontraba en el parque Campo Grande', contrariamente a lo que le había dicho. Ante la insistencia de su madre, con llamadas y mensajes, la menor abandonó el domicilio del procesado, sin que el encuentro sexual llegara a materializarse.

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