CSIF gana una sentencia a la Junta que reconoce el cobro acumulado de carrera profesional en dos grupos distintos

Europa Press Castilla y León
Publicado: jueves, 30 julio 2026 11:55

VALLADOLID 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha ganado en los tribunales por primera vez el reconocimiento del derecho de una trabajadora de la Junta al cobro acumulado y simultáneo de dos complementos de carrera profesional correspondientes a la categoría profesional 1, en los grupos II y III, con efectos desde el 1/1/2023.

Asimismo, el fallo da el reintegro de las cantidades indebidamente descontadas, incrementadas en un 10 por ciento de intereses por mora, han informado a Europa Press fuentes del sindicato.

Para CSIF, esta sentencia 344/2025 de 23 de septiembre, del Juzgado de lo Social número 1 de Palencia, abre la puerta a que otros empleados públicos, en idéntica situación, puedan reclamar más de un complemento de carrera profesional si están reconocidos.

Aunque se emitió el fallo hace casi un año, los servicios jurídicos de CSIF han tenido que instar su ejecución y todavía faltan cuestiones que abonar como intereses de mora ya que la acumulación de los dos complementos de carrera profesional debe mantenerse de forma continuada, y no solo para este año, señala el sindicato independiente.

"La Junta ha interpretado la resolución judicial como ha querido, y solo le pagan a la demandante el complemento por el grupo II, el del III este mes de junio ya no lo han pagado", ha añadido CSIF, pendiente de que la nómina se corrija y se elabore correctamente y de que la Junta aclare la confusión existente en este momento, sobre lo que sí o no está pagando".

El sindicato ha recordado que el asunto se remonta a junio de 2024, cuando CSIF denunció públicamente el "salvaje" recorte que algunos empleados de la Junta tuvieron en sus nóminas de mayo de 2024, en la que se descontó -de una sola vez- año y medio de supuestos ajustes salariales en las nóminas por la carrera profesional, ya que cobraban por más de una categoría y la Junta entendió que solo debía pagar por una. "Carreras profesionales reconocidas por la propia Administración autonómica", aclara el sindicato independiente.

Uno de los casos "más sangrantes" fue el de una trabajadora de Educación que vio reducida su nómina a tan solo 6,47 euros, por lo que los servicios jurídicos de CSIF presentaron una demanda en julio de 2024 al estimar que la empleada y afiliada afectada tenía derecho al cobro acumulado de dos complementos de carrera profesional.

ARGUMENTOS DE LA JUNTA

Por su parte, la Junta defendía que con la modificación de la norma que realizó con la Ley 4/2024 se impedía la acumulación y el pago de más de un complemento de carrera profesional.

CSIF ha explicado que el Decreto 49/2022 de 22 de diciembre establecía que el complemento de carrera profesional de más de una categoría era "consolidable, pues si se obtenía otro puesto por promoción interna o turno libre, se mantenían los importes del complemento ya reconocido". Así, en su artículo 8, establecía la posibilidad de percibir acumuladamente dos complementos de carrera profesional.

Sin embargo, ha señalado que este artículo 8 fue derogado -después- por la Junta con la Ley 4/2024, lo que le permitía a la Administración autonómica justificar la supresión de esa acumulación de retribuciones correspondientes a dos complementos de carrera profesional ya reconocidos, subraya CSIF.

En este caso juzgado y sentenciado, relata CSIF, en el año 2021, y mediante el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal convocado por la orden PRE/1032/2021, la trabajadora demandante obtuvo el reconocimiento del derecho al cobro de la categoría profesional 1 para el grupo II de laborales, con efectos desde 1/1/2021, ya que estaba prestando sus servicios como titulada de Grado Medio.

Posteriormente, al ocupar por oposición un puesto laboral en una categoría inferior del grupo III (ayudante técnico educativo), solicitó también el reconocimiento del derecho al cobro de la carrera profesional 1 del grupo III en el proceso ordinario convocado mediante la orden PRE/1366/2023, que se concedió igualmente.

Ante esta situación, el Juzgado "ha sido claro y ha rechazado la actuación de la Junta" y concluye que la nueva norma (Ley 4/2024/) que impide la acumulación de carreras profesionales no puede aplicarse de forma retroactiva sobre un derecho ya reconocido y consolidado, en perjuicio de la trabajadora. La Junta no recurrió el fallo y la sentencia pasó a ser firme.

El sindicato independiente ha criticado y denunciado el cambio de normativa realizado por la Junta por legislar contra los derechos e intereses de sus empleados públicos, al impedir que -desde 2024- cobren el complemento de carrera profesional en más de un grupo, "cuando han sido reconocidas previamente y responde al trabajo realizado a lo largo de una vida profesional".

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado