Ratificada la condena de 8 años a un hombre por tráfico de cocaína en Burgos

Europa Press Castilla y León
Publicado: miércoles, 11 junio 2025 13:56

   BURGOS, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -

   La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, (TSJ) de Castilla y León ha ratificado una segunda sentencia de la Audiencia Provincia de Burgos que condena a uno hombre a ocho años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 390.000 euros y costas procesales por tráfico de drogas.

   El TSJ ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa de condenado por tráfico de drogas. Este hombre, según la sentencia fue interceptado en un hotel de la ciudad después de desplazarse a Burgos desde la localidad de Andoaín (Guipúzcoa).

   Llevaba en el interior de su coche, en el asiento trasero, una mochila que tenía en su interior un paquete de una sustancia que debidamente analizada resultó ser cocaína con un peso neto de 942,200 gramos y una pureza del 81,12 por ciento.

   En el mercado ilícito, según tasación pericial al efecto, alcanzaría el valor de 98.097,87 euros.

   Tenía como finalidad ser destinada al consumo de terceras personas El hombre tenía un historial delictivo con dos condenas, una en Francia y otra en Burgos.

   Queda acreditado, por informe médico forense y documental, que está diagnosticado de dependencia al consumo de cocaína y otros estimulantes y de trastorno paranoide de la personalidad, dependencia y trastorno que, sin embargo, no afectaba a sus capacidades volitivas e intelectivas.

   Contra esta resolución se interpuso recurso de apelación por su representación denunciando que no sé dejó interrogar al letrado que le asistía sobre las actuaciones policiales practicadas con anterioridad al momento de su detención --acaecida el 29 de mayo de 2024-- y entender que ésta fue fruto de un delito provocado por parte de la Policía.

   También rechaza el recurso el motivo subsidiario en el que se interesa que se aplique la circunstancia atenuante de drogadicción por haber actuado bajo los efectos de la droga a la que era adicto.

   Resuelta la impugnación ante el TSJ, éste ha devuelto la sentencia a la Audiencia Provincial. Ahora cabe la interposición de un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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