El Supremo ratifica la condena de 9 años de cárcel impuesta al violador del Túnel de Las Delicias de Valladolid

Actualizado: sábado, 15 enero 2011 13:39

VALLADOLID, 15 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de nueve años de prisión al hombre de origen marroquí M.T, de 30 años, tras considerar acreditado que en julio de 2008 violó a una joven de 16 años a la que asaltó en el túnel del barrio vallisoletano de Las Delicias de Valladolid.

En su fallo, el Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirma en todos sus extremos la sentencia condenatoria dictada por la Audiencia de Valladolid, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

La condena, sensiblemente inferior a los 10 y 12 años de cárcel que habían pedido para él las acusaciones pública y privada, respectivamente, y muy lejos de la libre absolución de la defensa, considera al procesado autor de un delito de agresión sexual (artículos 178 y 179 del C.P.) y, junto a la pena de nueve años citada, incluye la prohibición de aproximarse a la víctima y a sus padres a menos de 500 metros, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio y de comunicarse con ella y con sus padres por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual por el tiempo de diez años.

Asimismo, el condenado deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 2.800 euros por las lesiones y en otros 6.000 por los daños morales y secuelas, y al Sacyl en la suma de 79,40 euros por los gastos de asistencia sanitaria.

La condena se fundamenta no sólo en el testimonio de la víctima sino también en la pericial forense que establece que la menor presentaba rozaduras en las rodillas, un eritema costal e irritaciones en la vulva, y en la psicológica, según la cual la agredida "no fabula al relatar los hechos" y además presenta un estrés postraumático, "indicativo de que no fue una relación sexual consentida sino forzada por el procesado".

La defensa, por su parte, había solicitado una sentencia absolutoria y, subsidiariamente y en caso de condena, que la Sala aplicara a su patrocinado la eximente completa o, en su defecto, incompleta de haber actuado bajo la influencia de las drogas, al contar con un informe del Instituto Nacional de Toxicología que atestigua que M.T, al que se practicó la prueba del cabello, había consumido distintas sustancias estupefacientes y alcohol.

Además, el defensor había puesto en entredicho la versión de la víctima por, en su opinión, las contradicciones en las que incurrió y se preguntó cómo era posible que no hubiera sufrido lesiones en la espalda pese a que, tal y como ella dijo, el acusado la lanzó contra una pared para violarla. También preguntó por qué luego él la acompañó hasta casa e incluso la llamó varias veces al teléfono móvil cuyo número le facilitó ella misma.

Por ello, el defensor consideró más creíble la versión de M.T, quien durante el juicio relató que la madrugada del día 6 de julio de 2008 coincidió casualmente en el puente de Las Delicias con la menor, a la que conocía de haber jugado al futbolín varias semanas antes, durante la Noche de San Juan, y que fue ella la que le llamó y con la que, de mutuo acuerdo, mantuvo sexo en unos jardines próximos.

En cambio, la denunciante sostiene que el procesado la abordó por la espalda, la obligó a ir a un jardín y allí, bajo amenazas y haciendo ademán de sacar un cuchillo que no llegó a ver, la penetró vaginalmente.