El TS condena a la Junta a pagar 200.000 euros a un menor de Burgos con parálisis cerebral por daños en el parto

Actualizado: lunes, 30 mayo 2016 15:22

BURGOS, 30 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha condenado a la Junta de Castilla y León y a Zúrich Insurance PLC España, de forma subsidiaria, a pagar 200.000 euros a un menor de Burgos que sufre parálisis cerebral por daños sufridos durante el parto.

En concreto, al pago de dicha cantidad en concepto de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios derivados de las graves lesiones sufridas por el menor en el momento del parto, que tuvo lugar en el antiguo Hospital General Yagüe de la capital burgalesa, han informado a Europa Press fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La sentencia estima de este modo el recurso de casación interpuesto por los padres contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), que confirmó la orden de la Consejería de Sanidad en la que denegaba la indemnización.

El Tribunal Supremo, ahora, anula dicha sentencia que concluyó que la actuación médica fue correcta durante el parto, que tuvo lugar el 3 de noviembre de 2006 en el ya desaparecido Hospital General Yagüe.

Aquel día, a las 9.30 horas se trasladó a la madre a la sala de dilatación y posteriormente se la atendió durante seis horas de parto, entre las 10.15 y las 16.21 horas, tiempo durante el cual la frecuencia fetal fue normal.

Sin embargo, a las 16.48 horas, se produjo el primer signo de compromiso fetal al sufrir una bradicardia de unos seis minutos de duración con latido cardíaco menor de 100 por minuto y, sobre las 17.10 horas, sufrió una nueva bradicardia. Al constatar que se había producido un desprendimiento precoz de placenta, se le realizó una cesárea de urgencia a las 17.19 horas. Tras el nacimiento, se comprobó que el niño sufría parálisis cerebral espástica, retraso psicomotor y síndorme de West.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo afirma que de la prueba pericial se deduce que el episodio de bradicardia de las 16.48 horas, que duró aproximadamente siete minutos, fue el primer episodio de compromiso fetal y añade que la decisión de no practicar la cesárea entonces y de continuar con el parto supuso para la madre, y sobre todo para el bebé, "una grave pérdida de oportunidad terapéutica de evitar un desenlace tan grave como el que se produjo como consecuencia de la hipoxia padecida por el feto".

Los padres del menor solicitaban una indemnización de 350.000 euros, más una renta vitalicia de 3.000 euros mensuales, o, en caso de no fijarse cantidad alguna por este extremo, elevar la indemnización a 550.000 euros.

Sin embargo, el Tribunal Superior obliga a la Junta a pagar una cantidad inferior al considerar que no son indemnizables los gastos por adaptación de vivienda y de vehículo, al no haberse acreditado la efectiva realización de los mismos.

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