Archivo - Sede del TSJCyL en Burgos. - EUROPA PRESS - Archivo
SALAMANCA 18 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de once meses y medio de prisión impuesta a un hombre que intentó estafar a una joyería de Salamanca haciéndose pasar por el hijo de un conocido empresario de la ciudad
El fallo de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, desestima de este modo el recurso de apelación del condenado y confirma íntegramente la sentencia de primera instancia dictada por la Audiencia de Salamanca, según la información del Gabinete de Prensa del Alto Tribunal castellanoleonés recogida por Europa Press.
Los hechos se produjeron el 28 de octubre de 2022, cuando el acusado acudió a una joyería situada en la Plaza Mayor de Salamanca. Según la sentencia, el acusado se presentó como hijo de un importante empresario local, con el que comparte nombre y apellidos, alardeó de solvencia económica y solicitó adquirir varias joyas de alto valor como un reloj Tudor, una gargantilla de brillantes y posteriormente un anillo, cuyo importe global superaba los 50.000 euros.
El acusado aseguró que pagaría mediante transferencia bancaria inmediata y mostró al propietario del establecimiento pantallazos falsificados que simulaban dichas operaciones. Sin embargo, el joyero se percató de irregularidades en los justificantes y decidió no entregar las piezas en ese momento. Le propuso llevarlas personalmente a Madrid, donde el acusado dijo residir, una vez confirmado el ingreso.
El comprador falicitó un número de teléfono, que resultó pertenecer a su pareja, y una tarjeta de un restaurante del que afirmó ser propietario. Cuando llegó el día acordado para el desplazamiento, el joyero comprobó que el dinero no había sido ingresado y no logró contactar con el acusado.
En su recurso, la defensa del acusado sostuvo que no existía prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia y argumentó que el testimonio del denunciante era insuficiente y que los documentos aportados no habían acreditado el engaño.
El TSJ, sin embargo, ha considerado que la prueba testifical, las grabaciones de seguridad, los informes patrimoniales y los datos falsos proporcionados por el acusado, han constituido un conjunto probatorio "más que suficiente". La Sala subraya que el acusado ha simulado solvencia económica, ha fingido una identidad y ha mostrado transferencias inexistentes, elementos que encajan plenamente en el delito de estafa en grado de tentativa.
El Tribunal ha recordado que el delito no ha llegado a consumarse únicamente por la desconfianza del joyero, que ha evitado entregar las joyas, de ahí la confirmación del fallo condenatorio en el que aprecia la agravante de reincidencia, ya que el acusado había sido condenado previamente por otro delito de estafa en 2022.
Finalmente, la Sala ha rechazado imponer las costas de la apelación al acusado al considerar que ejercía su derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que se han declarado de oficio en esta segunda instancia.