TSJCyL ratifica la condena a uno y dos años de cárcel a dos miembros de los 'Latin King'

Europa Press Castilla y León
Publicado: miércoles, 4 febrero 2026 15:47

BURGOS 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicis de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado las condenas a dos miembros de la banda latina 'Latin King' por un delito de asociación ilícita, al desestimar los recursos de apelación que ambos habían presentado contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos de febrero de 2025.

La resolución, fechada el 23 de enero de este año, ratifica la condena a un año de prisión para el primero de ellos y al que el Tribunal considera "miembro activo"; y dos años para un segundo integrante, al que se atribuye un papel de "dirigente dentro de la estructura del grupo" de los 'Latin king'.

La Sala considera correcta la calificación jurídica de los hechos como delito de "asociación ilícita" y rechaza la nulidad de la sentencia.

Como única modificación, el Tribunal corrige el relato de hechos probados para suprimir un párrafo sobre el material intervenido en el domicilio de uno de los condenados y declara de oficio las costas de la segunda instancia, aunque deja abierta la posibilidad de recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

La Audiencia de Burgos declaró en su día probado que ambos formaban parte de la organización Latin King en Castilla y León y que los dos participaron en reuniones internas y acciones contra bandas rivales como 'Ñetas', 'Trinitarios' o 'Blood-901', con el objetivo de consolidar la presencia del grupo en ciudades como Burgos, Valladolid y Aranda de Duero entre 2017 y 2019.

Según la sentencia primitiva, los acusados "promovían el odio y la violencia", usaban armas blancas y otros objetos contundentes y generaban una situación de "amenaza real, actual y grave" para el orden público y la seguridad ciudadana.

Durante la investigación, el Juzgado de Instrucción número 4 de Burgos autorizó varias escuchas telefónicas, además de que se autorizaron en su día entradas y registros en los domicilios de estas personas y de otras, donde se intervino material con simbología de esta banda.

También apareció documentación propia del grupo, material audiovisual, objetos peligrosos y armas.

En este punto, la defensa puso en duda la legalidad de estas medidas al apuntar que existía una vulneración en el secreto de las comunicaciones, de envío, la habitabilidad del domicilio y defectos en las transcripciones y en la misma actuación de los policías.

La Sala considero en su momento, sin embargo, que existían "sospechas fundadas y que las intervenciones fueron necesarias y proporcionadas".

Por su parte, la defensa de estas dos personas apuntaba una importante cantidad de motivos entre ellos, la falta de imparcialidad del tribunal, de primera instancia, errores en la valoración de la prueba, falta de motivación de la sentencia, nulidad de las escuchas, indefensión y dilaciones indebidas.

Sin embargo, el TSJCyL ha rechazado todos estos argumentos y ha descartado que exista vulneración en la tutela judicial. De esta manera ha apuntado que la audiencia de Burgos ha valorado con autonomía la prueba y no ha estado condicionada.

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