UGT critica el afán recaudatorio de Hacienda al reclamar que se acrediten las pensiones percibidas en el extranjero

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 20:49

La Agencia Tributaria asegura que se han detectado irregularidades y se han iniciado gestiones de comprobación


VALLADOLID, 27 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Unión de Jubilados y Pensionistas de UGT en Castilla y León ha atribuido al "afán recaudatorio" el hecho de que la Agencia Tributaria haya reclamado a los contribuyentes que acrediten las pensiones percibidas en el extranjero desde el año 2008, lo que podría afectar a unos 10.000 contribuyentes de la Comunidad.

El sindicato, en un comunicado recogido por Europa Press, ha explicado que en esta última campaña de la Renta, a diferencia de las anteriores, Hacienda, "en un cambio de criterio", considera que los subsidios obtenidos en otros países deben de ser incluidos y en consonancia pagar por ellos.

UGT ha afirmado que este cambio tiene una gran incidencia en la Comunidad pues están afectados por esta medida en torno a 10.000 pensionistas.

En este sentido, ha explicado que hasta este momento y debido a la compleja situación, con casi cien convenios bilaterales con distintos Países, la interpretación que hacían las delegaciones de la Agencia Tributaria afectadas, así como las asesorías laborales de las embajadas españolas era que no había que declarar dichos ingresos ya que podían estar afectados de una doble imposición.

En este ejercicio, el Ministerio de Hacienda ha hecho un especial seguimiento para que afloren las pensiones que los emigrantes cobran del extranjero, lo que aseguran que afecta a todos aquellos jubilados con pensiones superiores a 11.200 euros.

ÚLTIMOS CUATRO AÑOS

La situación actual es que la Agencia Tributaria ha enviado requerimientos para que acrediten las pensiones recibidas de otros países, pero no lo hacen sobre la pensión del año 2012, sino desde 2008 con la intención de que paguen por estos cinco años, tanto las cantidades no declaradas como los recargos y multas correspondientes a dichos ejercicios fiscales.

"Para complicar más esta situación, la Justicia tampoco tiene una opinión unánime de cómo se deben de tributar las pensiones recibidas en el extranjero", ha explicado el sindicato, que ha aclarado que existen varias sentencias que por ejemplo declaran que las pensiones alemanas percibidas por españoles residentes en España están exentas, mientras que también hay otra que dice lo contrario, por lo que todavía no hay jurisprudencia que aclare los pronunciamientos de los tribunales.

Por todo ello, la UJP-UGT de Castilla y León considera que el cambio de criterio de Hacienda es "con afán recaudatorio" y ha explicado que los jubilados afectados nunca tuvieron intención de defraudar a Hacienda ya que siempre se atuvieron a los criterios que desde la Administración les indicaron, "en muchos casos incluso confirmando simplemente el borrador que Hacienda les presentaba".

En esta línea, "sin entrar a valorar caso por caso", ha incidido en el hecho de que ni siquiera los Tribunales de Justicia se ponen de acuerdo en este hecho y afirmado que son más "los que consideran exentas estas rentas que los que dicen lo contrario".

Por estas razones, UGT considera que Hacienda no debe de cobrar ni atrasos ni recargos, "ni mucho menos multas por este hecho".

El sindicato se ha dirigido a la secretaría del Consejo General de la Ciudadanía Española en el extranjero de la que forma parte para que se aclare esta cuestión.

COMPROBACIONES DE LA AEAT

Por su parte, respecto a esta cuestión, la Agencia Tributaria (AEAT) ha explicado que se ha detectado la existencia de un número elevado de contribuyentes que han declarado correctamente las pensiones obtenidas en el extranjero, pero también otros que, o bien no han declarado el importe de la pensión obtenida en el extranjero en la declaración que han presentado, o bien que a pesar de estar obligados a presentar declaración del IRPF, teniendo en cuenta tanto los rendimientos obtenidos en España como los obtenidos en el extranjero, no la han presentado.

En estos casos los órganos de gestión de la AEAT ha iniciado los procedimientos de comprobación establecidos en la normativa española, han informado a Europa Press fuentes de la Agencia Tributaria, que ha advertido de que no corregir este comportamiento supondría "hacer de peor condición al pensionista que percibe sus pensiones en España, de aquél que las percibe del extranjero y a quien percibiendo sus pensiones del extranjero ha cumplido con su responsabilidad de declararlas".

Aunque las actuaciones se desarrollan a nivel nacional, la AEAT ha incidido en que es cierto que puede tener una mayor importancia en zonas geográficas españolas que tradicionalmente han tenido muchos emigrantes.

Respecto a los ejercicios objeto de comprobación la normativa española autoriza a comprobar dentro del plazo de prescripción de cuatro años desde que finalizó el plazo para declarar (la renta de 2008, finalizó el plazo el 30 de junio de 2009, por lo que el plazo de prescripción finaliza el 30 de junio de 2013).

En cualquier caso, ha aclarado que los contribuyentes tienen garantizado por Ley oponerse a los hechos que se le imputan aportando las pruebas que correspondan. La Administración Tributaria a la vista de las alegaciones efectuadas por el contribuyente emitirá, si procede, una liquidación que podrá ser recurrida en vía administrativa o judicial.

Además, ha recordado que la Ley General Tributaria contempla como infracción tributaria dejar de ingresar dentro del plazo establecido la totalidad o parte de la deuda tributaria, así como obtener indebidamente devoluciones tributarias.

Asimismo, ha explicado que la Agencia Tributaria estudia cada caso en particular y que prevé la posibilidad de que el contribuyente que tenga dificultades financieras pueda solicitar aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria, al tiempo que ha recordado que si el importe de la deuda a aplazar es inferior a 18.000 no hay que aportar garantía.

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