Andorra regula el porte y uso de armas de fuego y eléctricas por parte de la policía

El Jefe De Gobierno, Xavier Espot, Y La Ministra De Justicia E Interior, Ester Molné, Durante El Acto De La Patrona De La Policía.
El Jefe De Gobierno, Xavier Espot, Y La Ministra De Justicia E Interior, Ester Molné, Durante El Acto De La Patrona De La Policía. - SFGA / CESTEVE
Europa Press Catalunya
Publicado: viernes, 17 julio 2026 17:25

El texto concreta las disposiciones de la ley cualificada del cuerpo de seguridad

ANDORRA LA VELLA (ANDORRA), 17 (EUROPA PRESS)

El Gobierno de Andorra ha aprobado el reglamento de tenencia, porte y uso de las armas de fuego y de los medios coercitivos (incluidas las armas de impulsos eléctricos), con el objetivo de desarrollar y concretar las disposiciones previstas en la ley cualificada del cuerpo de policía.

Según ha informado el Ejecutivo en un comunicado este viernes, el reglamento parte del hecho de que el uso de armas de fuego y de los medios de contención puede ser, en determinadas circunstancias, "imprescindible" para proteger la integridad de las personas, la seguridad ciudadana y a los propios agentes policiales.

A la vez, el reglamento establece un marco normativo detallado que refuerza las garantías para evitar cualquier uso inadecuado o abusivo de dichos recursos.

El texto recuerda que los miembros de la policía solo pueden usar armas de fuego cuando existe un "riesgo grave" para la vida o la integridad física de las personas o para la seguridad ciudadana, y siempre de acuerdo con los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad.

En el caso de las armas de impulsos eléctricos, también se limita su uso a "situaciones extremas", respetando los mismos principios citados anteriormente y de acuerdo con cada caso.

Entrando al detalle, se citan casos como la existencia de amenaza real e inminente para la vida o riesgo de lesiones graves para las personas, cuando se da resistencia activa grave o violenta, siempre que conlleve riesgo para la vida o la integridad física del agente o de terceras personas o cuando otros medios coercitivos menos lesivos resultan ineficaces.

Se regula la tenencia y el porte de armas y de los medios coercitivos, las condiciones de formación obligatoria y continuada de los agentes (como para usar armas eléctricas), los supuestos de prohibición temporal del porte de armas y las obligaciones de registro, seguimiento y revisión posteriores a su utilización.

ARTÍCULOS

El reglamento, que consta de quince artículos, da cumplimiento al mandato previsto en la normativa vigente y refuerza la seguridad jurídica, tanto de la ciudadanía como de los profesionales del cuerpo de policía.

La aprobación del texto se ha llevado a cabo con el informe favorable del consejo de la policía y, según el Gobierno, evidencia su compromiso con seguir dotando al cuerpo de policía de un marco normativo moderno que permita desarrollar su trabajo con la máxima eficacia y respeto para los derechos y libertades de las personas.

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado