Carod confirma su intención de nombrar viceconsellera de la Vicepresidencia a Roser Clavell

La Ley da al vicepresidente más funciones que al 'conseller primer' y fija que el líder de la oposición precede a los ex presidentes

Europa Press Catalunya
Actualizado: martes, 27 noviembre 2007 17:13

BARCELONA, 27 Nov. (EUROPA PRESS) -

El conseller de la Vicepresidencia, Josep Lluís Carod-Rovira, confirmó hoy su intención de nombrar viceconsellera a la secretaria de Asuntos Exteriores, Roser Clavell, después de que la Ley del Presidente de la Generalitat y del Govern fuera aprobada hoy por el Consell Executiu.

En rueda de prensa tras reunirse el Consell Executiu, explicó el contenido de una ley que establece cuáles son los integrantes del Govern y que instaura la figura del vicepresidente. "Aquí, como en todo el mundo, después del presidente viene el vicepresidente", bromeó.

Subrayó que esta ley responde al objetivo de "adaptar la legislatura actual al nuevo marco estatutario" y esperó que la normativa sea aprobada por el Parlament lo antes posible.

Destacó que la ley, "más allá de dibujar la arquitectura del Govern", también hace lo propio con la figura del jefe de la oposición, vinculándolo al Parlament en lugar de al Ejecutivo. Carod recordó que la normativa prevé que, a iniciativa del presidente de la Generalitat, el jefe de la oposición pueda ser consultado y que éste también también tenga "vía directa" con el jefe del Ejecutivo.

Carod admitió, asimismo, que el proceso para elaborar cualquier normativa no es fácil ni corto, por lo que vio "lógico" que se haya tardado un año en aprobarse esta ley, ya que el Govern "no está integrado por una sola fuerza".

Aun así, hizo hincapié en que "las leyes existen para hacer las cosas más fáciles", y esta normativa es la que "hacía falta al Govern en esta legislatura".

'CONSELLER PRIMER' O VICEPRESIDENTE.

La Ley del Presidente de la Generalitat y del Govern crea la figura del vicepresidente, como una posibilidad del presidente catalán en caso de no haber nombrado a un 'conseller primer', y le otorga las mismas funciones que a éste, además de las que el presidente quiera darle en el marco del departamento que le asigne.

Así, la única diferencia entre el vicepresidente y el 'conseller primer' es que al vicepresidente se le asigna un departamento propio y además puede nombrar viceconsellers. La figura de 'conseller primer' había quedado regulada en enero de 2005 y se introdujo en el Estatut como coordinador de la acción de gobierno, heredero del antes llamado 'conseller en cap'.

Igual que el 'conseller primer', cuya ley específica de 2005 queda derogada con ésta, las funciones del vicepresidente son "convocar y presidir el consejo técnico" de la Generalitat, que revisa todos los proyectos antes de pasarlos al Consell Executiu; "coordinar y supervisar" las delegaciones territoriales, y ejercer la "suplencia y sustitución del presidente de la Generalitat en caso de ausencia, enfermedad, impedimento o cese".

CREACIÓN DE LOS 'VICECONSELLERS'.

Otra novedad de la ley es que ofrece al presidente y al vicepresidente la posibilidad de nombrar "viceconsellers" sobre materias concretas, para dotar esas cuestiones de mayor rango en la estructura del Govern sin tener una conselleria.

En cambio, el resto de consellers sólo pueden nombrar "comisionados", como el que ya existe de Universidades dentro de la Conselleria de Innovación, Universidad y Empresa.

JEFE DE OPOSICIÓN: "HONORABLE SENYOR".

Una disposición final del proyecto de ley del Govern crea la figura del "líder de la oposición", que deberá, a partir de ahora, recibir el tratamiento de "Honorable senyor" y "preceder a los ex presidentes de la Generalitat" en los actos protocolarios, recibiendo una retribución por este cargo complementaria a la de diputado.

La norma señala que el líder de la oposición "ha de ser consultado, a iniciativa del presidente de la Generalitat, en los asuntos más importantes para Catalunya y ha de proponer mejoras en la acción de Govern". Queda fijado que este cargo corresponde al presidente del grupo parlamentario de la oposición con más escaños, o el más votado en caso de un empate en diputados.

GOBIERNO EN FUNCIONES.

Otra novedad del proyecto de ley --que deroga los preceptos sobre el Govern de la ley del Parlament, el Presidente y el Consell Executiu-- es que estipula las atribuciones del "gobierno en funciones", que deberá "abstenerse de adoptar cualquier medida" de gobierno, a excepción sólo de "casos de urgencia debidamente acreditados". Así, prohíbe a este tipo de gobiernos aprobar proyectos de ley, pero le permite dictar decretos ley en casos excepcionales.

El proyecto de ley aprobado hoy adapta la legislación catalana al nuevo Estatut, regulando la participación del Govern en los procesos para designar a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) y a miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), proponer miembros del Consejo de Garantías Estatutarias y participar en las negociaciones del Estado con la Unión Europea (UE).

En general, la normativa regula la elección, el estatuto personal y las atribuciones del presidente catalán y la composición, atribuciones, organización y funcionamiento del Gobierno catalán, que quedan integradas en un único cuerpo normativo.

Contenido patrocinado