Catalunya se persona en el recurso estatal contra la Ley de consultas admitido por el TC

Plantea un conflicto de competencias sobre la acreditación medioambiental de productos

Europa Press Catalunya
Actualizado: martes, 1 marzo 2011 17:59

BARCELONA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consell Executiu de la Generalitat ha acordado este martes personarse en el recurso de inconstitucionalidad que el Estado presentó contra la ley catalana de consultas populares vía referéndum, una vez admitido a trámite por el Tribunal Constitucional (TC).

El Govern ha aprovechado así el plazo de 15 días que tenía para personars y formular alegaciones contra el recurso estatal.

El portavoz del Govern, Francesc Homs, ha dicho en rueda de prensa tras la reunión del Ejecuivo que las alegaciones se basarán "en la doctrina que ha creado el Consell de Garanties Estatutàries" al respecto.

El TC paralizó la ley a mediados de febrero al admitir el recurso que el Gobierno central había presentado en diciembre contra los artículos del 1 al 30, el 43 y el 45 de la norma aprobada en marzo de 2010.

El Gobierno argumentó que la norma catalana establecía una capacidad "no prevista en la Constitución, ni en el Estatuto de Autonomía, además de contravenir la Ley Orgánica 2/1980 que regula las distintas modalidades de referéndum".

La Ley de Consultas Populares por la Vía de Referéndum da a Catalunya capacidad para convocar consultas sobre cualquier tema --también la independencia-- aunque en cualquier caso debe contar con la autorización del Estado.

La ley permite convocar una consulta si lo solicitan dos grupos del Parlament, una quinta parte de los diputados, el 10% de los municipios catalanes con un mínimo de 500.000 habitantes o que agrupen al 3% de la población de Catalunya.

El Parlament aprobó la norma con los votos del tripartito --PSC, ERC e ICV-EUiA-- y la oposición de CiU, PP y C's.

El Consell Executiu también ha acordado plantear un requerimiento de incompetencia al Gobierno central --paso previo a un conflicto positivo de competencia-- al decreto que declara a la Entidad Nacional de Acreditación (Enac) como único organismo que podrá otorgar acreditaciones a los organismos de evaluación medioambientales en toda España, lo que contradice el Estatut, según la Generalitat.

El decreto estatal establece los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado sobre la comercialización de los productos.

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