El Prat.-FACUA cree que las indemnizaciones previstas por ley son "muy superiores" a las ofrecidas por el Gobierno

Actualizado: viernes, 1 septiembre 2006 18:00

MADRID/BARCELONA, 1 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) destacó hoy que a los afectados por la huelga en aeropuerto de El Prat (Barcelona) les podrían corresponder por ley unas indemnizaciones "muy superiores" a los adelantos ofrecidos por el Gobierno.

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) abonará 250 euros a cada pasajero con vuelo cancelado como consecuencia de la 'huelga salvaje' de trabajadores de tierra de Iberia en el aeropuerto de Barcelona-El Prat el pasado 28 de julio, y 180 euros en caso de pérdida o destrucción de equipaje facturado, siempre que se haya formulado la pertinente reclamación, según lo acordado hoy en el Consejo de Ministros. El Gobierno destinará este montante económico de cara a "agilizar" la tramitación de las reclamaciones de los afectados.

Sin embargo, FACUA criticó que el Ejecutivo sólo realice adelantos de indemnizaciones en el caso de la huelga en el aeropuerto catalán y que sólo se ofrezcan a los afectados que cedan al Ministerio de Fomento su representación legal.

Además, la Federación criticó que "siempre" sean los consumidores los que "salen perjudicados" en caso de huelgas, instando al Ministerio de Fomento y al de Sanidad y Consumo a que desarrollen los mecanismos necesarios para garantizar los derechos de los usuarios afectados por este tipo de situaciones, y reclamando además cambios legislativos.

FACUA remarcó que las indemnizaciones anunciadas por Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) "no cumplen con la normativa vigente", apuntando que, en caso de cancelación de vuelos, las indemnizaciones varían en función de la distancia, "que se determinará tomando como base el último destino al que el pasajero llegará con retraso", según el Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo del 11 de febrero.

La Federación explicó que las compensaciones son de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros; 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros; y de 600 euros para el resto de los vuelos no comprendidos en los apartados anteriores.

Por lo que respecta el equipaje, la Federación precisó que por el extravío de equipaje, según el Convenio de Montreal de 1999, los pasajeros tienen derecho a una cantidad de 17 'derechos especiales de giro' --una cantidad variable que establece el Banco de España, actualmente próxima a los 20 euros-- por kilogramo de peso, a excepción de equipajes con declaración especial de valor, que se rigen por otras cuantías.