Archivo - Fachada de la sede del Tribunal Supremo - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
BARCELONA 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que la Autoritat Catalana de la Competència (ACCO) puede aplicar la prohibición de contratar a empresas que vulneren el derecho a la competencia, informa la entidad catalana en un comunicado este lunes.
La ACCO ha celebrado que la sentencia, que ha admitido su recurso de casación, avala "el camino iniciado por la ACCO como entidad pionera en España en aplicar la prohibición de contratar a empresas implicadas en vulneraciones graves del derecho de la competencia".
La sentencia revoca el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que había reducido, aplicando los criterios sancionadores del artículo 64 de la Ley de defensa de la competencia, la duración de la prohibición de contratar impuesta por la ACCO.
El fallo del Supremo establece que estos criterios no son aplicables, ya que la prohibición de contratar no tiene naturaleza sancionadora, sino que constituye una medida destinada a proteger la integridad del sistema de contratación pública.
La ACCO ha señalado que el TS ha consolidado la doctrina sobre la prohibición de contratar derivada de infracciones de falseamiento de la competencia, tanto con respecto a la competencia de las autoridades para determinar el alcance y la duración como a los criterios que se tienen que aplicar para fijarlos.