CEUTA 21 Oct. (EUROPA PRESS) -
Un total de 110 extranjeros acogidos en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta han sido expulsados a lo largo de la primera mitad de este año durante entre siete y 30 días por la comisión de distintas infracciones de las reglas establecidas para "garantizar unos niveles "indispensables" de "orden, seguridad y convivencia pacífica".
El volumen de sancionados equivale a un cinco por ciento de las de 2.219 personas que han pasado por sus instalaciones, según los datos facilitados por el Gobierno central a la senadora andaluza de Podemos Maribel Mora.
La parlamentaria interpeló en la Cámara Alta por el número y motivo de las expulsiones, por qué tipo de procedimiento sancionador se sigue y cómo se tramita, por si se facilitan alternativas habitacionales y alimenticias para los sancionados y por si tienen posibilidad de recurrir y qué medios se les facilitan para ello.
Aunque el Ejecutivo de Rajoy no ha respondido a parte de las cuestiones planteadas, fuentes de la Delegación del Gobierno en Ceuta han explicado a Europa Press que los sancionados pierden todos sus derechos en el CETI, tanto a pernoctar como a acceder a cualquiera de sus servicios de asesoramiento, formativos o sociales, aunque suelen beneficiarse del apoyo de organizaciones no gubernamentales mientras no pueden entrar en el Centro.
"Se trata de personas que en su mayoría han recibido hasta seis apercibimientos antes de ser expulsados por faltas graves", ha dibujado la Delegación el perfil de los sancionados, todos ellos varones. Los motivos de las expulsiones incluyen, los más graves, "abusos sexuales" a otras internas; "embriaguez" y "comportamiento agresivo"; insultos y amenazas al personal de cocina, de seguridad privada o sanitario; o causar reyertas (llevan aparejadas suspensiones de 30 días).
También se ha expedientado a acogidos por consumir drogas en el interior con agravantes (15 días); por hacer "insinuaciones sexuales" a internas; por sustraer pertenencias a otros foráneos; y por perder "reiteradamente", seis veces, la tarjeta de identificación (7 días).
El CETI de Ceuta se inauguró en el año 2000, tiene una capacidad máxima de acogida cifrada en 512 personas y está adscrito a la Secretaría General de Inmigración y Emigración y se concibió desde su creación "como un dispositivo de permanencia provisional de extranjero en tanto su situación administrativa es evaluada para su derivación al recurso más adecuado en función de lo que proceda en atención a dicha situación".
Al objeto de establecer un procedimiento de ingreso, se dispone de un Protocolo que contempla las sucesivas actuaciones que realiza el personal propio y externo desde que las personas se presentan en las instalaciones y manifiestan su voluntad de ser acogidos en los mismos, siendo su finalidad "garantizar el mantenimiento de niveles indispensables de orden, seguridad y convivencia pacífica dentro del Centro durante el tiempo en que la persona permanece en él".
Las reglas básicas de funcionamiento y convivencia son explicadas por parte del personal técnico del Departamento de Trabajo Social en las entrevistas individuales de ingreso a todas las personas mayores de edad. Adicionalmente, se proporciona individualmente una copia de las mismas, que también está expuesta en distintos idiomas, en los tablones de anuncios del CETI.
Según el Gobierno, dicha normativa es aceptada "expresa y voluntariamente" por cada persona mayor de edad en el acceso, igualmente voluntario, a la condición de beneficiario y en las mismas se indica que "la resolución favorable de ingreso voluntario lleva implícito el reconocimiento de la condición de beneficiario de los programas de la Secretaría General de Inmigración y Emigración".
El incumplimiento del contenido previsto en estas normas puede ocasionar "la reducción o retirada de su condición de receptor de servicios y prestaciones de todos los programas de la Secretaría General de Inmigración y Emigración".
Las medidas adoptadas "no constituyen una sanción derivada de la comisión de infracción administrativa alguna prevista en una norma jurídica impuesta a las personas con independencia de su voluntad o no de aceptación de su contenido".