Publicado 05/06/2024 15:39

Melilla endurece ayudas al transporte en avión y barco para evitar que se beneficien marroquíes "de paso" con la OPE

Patronato de Turismo de Melilla
Patronato de Turismo de Melilla - GOBIERNO DE MELILLA

MELILLA 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Melilla ha anunciado que va a endurecer los requisitos para beneficiarse del "bono turístico" que sufraga la Ciudad Autónoma, que incluye un 75% de descuento en el avión y en barco con la península, para evitar que pasajeros de la Operación Paso del Estrecho (OPE) se puedan beneficiar de una medida que está destinada para atraer turistas y no marroquíes que van de paso.

En declaraciones a los periodistas el vicepresidente primero de Melilla y consejero de Turismo, Miguel Marín (PP), ha subrayado que "el Patronato de Turismo ha establecido dos cortapisas para evitar que los viajeros de la OPE de este verano se aprovechen económicamente de los bonos turísticos, como ocurrió en los últimos años".

Para ello, Miguel Marín ha destacado que "se ha reducido la estancia máxima en la ciudad de 30 a 15 días –-dado que estos marroquíes vienen por un mes de vacaciones-- y se obliga a los viajeros en barco a que se alojen en un hotel y no en casa de familiares".

Marín ha considerado que estas medidas evitarán "el fraude" al propio bono, ideado para fomentar la llegada y permanencia de turistas en la ciudad, requisito que el viajero de la OPE no cumple “porque ni duerme en hoteles ni compra una botella de agua”.

Los "bonos turísticos" sufragados por el Gobierno melillense consisten en abonar el 75% del transporte aéreo y marítimo a viajeros "no residentes" en la ciudad española del norte de África para los viajes en barco con Málaga, Almería y Motril (Granada) y avión con Málaga, Madrid, Almería, Granada, Sevilla y otros puntos de España.

Para obtener la bonificación, los interesados deberán cumplimentar una única solicitud a través de la página web 'https://bonosmelilla.es/' que incluya a todas las personas que viajan y aportar la documentación necesaria.

La Consejería de Turismo ha detallado que podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ciudadanos con residencia legal en el territorio de la Unión Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, que contraten estos paquetes turísticos.

Para el transporte marítimo, consistirá en la aplicación de un descuento por persona de un 75% sobre el importe neto del precio del billete del trayecto de ida y vuelta desde Málaga, Almería o Motril, con el siguiente límite: butaca 50 euros, camarote individual 100 euros, camarote doble 80 euros, camarote triple 60 euros y camarote cuádruple 50 euros.

Para el transporte aéreo, consistirá en la aplicación de un descuento del 75% sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta desde Madrid, Barcelona y otros de origen distinto, con exclusión de Baleares, Canarias y Ceuta, al disfrutar ya de la bonificación por residente, con un límite de 400 euros sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta.

En el caso de Málaga, con 160 euros de límite sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta y para Sevilla, Granada y Almería, declaradas de Obligación de Servicio Público, con un límite de 120 euros sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta.

Para la estancia, en el caso de que durante la permanencia en Melilla el beneficiario se aloje en alguna de las modalidades de alojamiento turístico, se aplicará un descuento de 40 euros por habitación y día sobre el importe neto del precio de la estancia en hoteles de cuatro estrellas; 30 euros en hoteles de tres estrellas; 10 euros por habitación y día sobre el importe neto del precio de la estancia en el resto de alojamientos turísticos.

Entre las condiciones que se exigen igualmente, está que los viajes subvencionados han de ser obligatoriamente de ida y vuelta y realizarse en línea regular. Esto es, no se admitirán sólo viajes de ida a Melilla o exclusivamente de vuelta, sino viajes cerrados de ida y vuelta, con exclusión de los desplazamientos por razones laborales o para competiciones deportivas oficiales o federativas, siendo causa de descuento proporcional a la entidad beneficiaria sobre la compensación efectuada, sin perjuicio de otras consecuencias.