MADRID, 17 Nov. (EUROPA PRESS) -
Expertos en drogodependencia y juristas señalaron hoy, durante la jornada 'Dificultades para el manejo de los pacientes con psicosis cocaínica', la posibilidad de prevenir episodios de violencia provocados por psicosis cocaínica a través de una reforma del código civil y penal que impusiera el tratamiento ambulatorio obligatorio, una vez que se ha producido un ingreso por esta causa.
"En España, al igual que en Estados Unidos y Reino Unido, la prevalencia de consumo de cocaína está por encima del 2 por ciento en el último año, 4,5 si hablamos de los jóvenes de entre 20 y 34 años. En un 10-20 por ciento de estas personas hablamos de un consumo crónico o cocainómano. Aunque no tenemos datos epidemiológicos fiables, si a esto le añadimos que el tanto por ciento de las personas que acuden a la consulta con algún episodio de psicosis es del 50 por ciento y la mitad son psicosis leves, tendremos una idea de la magnitud del problema", explicó Luis Caballero, psiquiatra del Hospital Puerta de Hierro de Madrid. La psicosis cocaínica es una psicosis de tipo paranoide provocada por el consumo de esta droga. Cuando se sufre un episodio de este tipo se pierde transitoriamente, en mayor o en menor medida, el criterio de la realidad, generando un riesgo de integridad física tanto para el consumidor como para otros sujetos.
Esta pérdida de la conciencia suele repetirse al volver a consumir cocaína y puede producirse tanto en adictos como en personas que consumen esporádicamente grandes cantidades o incluso por primera vez. "En los últimos años detectamos una presencia de cocaína en los delitos más violentos. Esto plantea dificultades ya que no se trata de enajenados mentales y la deshabituación es difícil porque estamos en la mayoría de los casos ante un consumo esporádico pero repetido", comentó Teresa Comte, fiscal coordinadora del Tribunal del Jurado y de los Recursos de Casación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Así, cuando se demuestra en un juicio que la psicosis llegaba al grado de pérdida total de la realidad, los cargos son inimputables y las medidas que se toman son el ingreso en un centro de rehabilitación si hay base patológico, pero si el consumo es esporádico y repetitivo, se da un tratamiento externo ambulatorio cuyo plazo máximo e improrrogable son cinco años. "Esto constituye un cheque en blanco para que se puedan volver a repetir tanto el homicidio como el asesinato", aseveró Comte.
"Estamos ante situaciones nuevas a las que no hay respuesta en el Código Penal y aunque desde el 98 hasta ahora sólo se han llegado al Tribunal 6 o 7 casos de este tipo, sabemos que son más frecuentes", agregó. Por tanto, los expertos reunidos en la jornada, organizada por la Sociedad Española de Toxicomanías (SET) coincidieron al señalar la posibilidad de evitar esta situación, previniendo, a través del Código Civil, la repetición de psicosis cocaínicas. "Una vez que se produce una psicosis, al cabo de tres o cuatro días la persona está recuperada y la ley no permite retenerla.
Hay que hacer una reforma legal en la que se obligue a una persona que ya ha tenido un episodio de este tipo a someterse a un tratamiento ambulatorio de seguimiento", concluyó José Pérez de los Cobos, presidente de la SET.