El Tribunal de la UE dice que el tiempo de descanso de los médicos en el hospital es también trabajo

Europa Press Ciencia
Actualizado: miércoles, 10 septiembre 2003 13:00

BRUSELAS, 10 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la UE emitió ayer una sentencia que

señala que el tiempo de descanso de los médicos durante sus guardias

y servicios de permanencia en el hospital deben ser considerados

tiempo de trabajo.

Así, destaca que la Directiva comunitaria relativa a determinados

aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo tiene como objetivo

garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores haciendo que

éstos disfruten de períodos mínimos de descanso y de períodos de

pausa adecuados.

Esta Directiva define los elementos característicos del concepto

de "tiempo de trabajo" como "todo período durante el cual el

trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y

en ejercicio de su actividad o de sus funciones ñ.í".

Recordando su jurisprudencia, el Tribunal de Justicia estima que

el factor determinante para considerar que los elementos

característicos del concepto de "tiempo de trabajo" en el sentido de

la Directiva se dan en los períodos de atención continuada que

efectúan los médicos en el propio hospital es el hecho de que "están

obligados a hallarse físicamente presentes en el lugar determinado

por el empresario y a permanecer a disposición de éste para poder

prestar sus servicios inmediatamente en caso de necesidad".

Según el Tribunal de Justicia, estas obligaciones, que impiden que

los médicos afectados elijan su lugar de estancia durante los

períodos de espera, deben considerarse comprendidas en el ejercicio

de sus funciones.

La circunstancia de que el empresario ponga a disposición del

médico una sala de descanso en la que éste pueda permanecer durante

el tiempo en que no tenga que intervenir no altera esta

interpretación.

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