anefp considera que la venta de medicamentos para el autocuidado de la salud en la farmacia y con el consejo del farmacéutico garantiza las condiciones de seguridad y el uso correcto de los mismos por parte de los usuarios
Italia también liberalizará próximamente la farmacia para satisfacer las demandas de la Comisión Europea
MADRID, 5
Según el artículo 5, "Intervención urgente en el campo de la distribución de medicamentos", del Decreto Ley relativo a las disposiciones urgentes para el relanzamiento económico y social y la contención y racionalización del gasto público, publicado ayer en la Gazzetta Ufficiale, en Italia se permitirá la venta de todos los medicamentos sin receta, tanto los que pueden hacer publicidad al público como los que no, fuera del canal farmacia.
Las condiciones bajo las cuales se regirá la nueva modalidad de venta son las siguientes:
- La venta se realizará en áreas bien delimitadas dentro de los establecimientos y con el consejo de uno o más farmacéuticos colegiados.
- Estará prohibido realizar ofertas promocionales o vender por debajo del precio de coste.
- Se mantiene el precio en el envase de los medicamentos sin receta. Se suprime la limitación de descuentos de hasta el 20%, quedando libres dichos descuentos, pero debiéndose realizar de forma transparente.
- La obligación de tener en stock al menos el 90% de los medicamentos disponibles en el mercado sólo se aplicará a los fármacos reembolsados.
Por otra parte, fuentes solventes han informado a anefp que en Italia se realizarán los cambios necesarios en su legislación para satisfacer las demandas de la Comisión Europea en relación con la liberalización de las farmacias.
A este respecto, La Comisión Europea ha decidido recurrir al Tribunal de Justicia a causa de la incompatibilidad de las normas italianas relativas a las farmacias con la libertad de establecimiento (artículo 43 CE) y la libre circulación de capitales (artículo 56 CE).
La Comisión pone en tela de juicio "La prohibición de que las empresas que tienen una actividad de distribución de medicamentos (o están vinculadas a empresas que tienen esa actividad) adquieran una participación en el capital de empresas farmacéuticas privadas o farmacias municipales y la reserva exclusiva de propiedad de las farmacias privadas para farmacéuticos o personas jurídicas compuestas por farmacéuticos".
En este sentido, la Comisión Europea también ha planteado a España demandas similares, disponiendo de un plazo de dos meses para alegar o aceptar las demandas.
Anefp considera, tal y como ya ha manifestado en repetidas ocasiones, que la venta en la oficina de farmacia y bajo el consejo del farmacéutico de los medicamentos para el autocuidado de la salud garantiza, al cien por cien, tanto las condiciones de seguridad en la distribución como el uso correcto de los mismos por parte de los usuarios, lo que avala la seguridad y eficacia de los tratamientos. Por ello, la Asociación para el Autocuidado de la Salud no ve ninguna ventaja en la venta de estos fármacos a través de otro canal, máxime cuando además ninguno de los sectores implicados, farmacéuticos, industria, consumidores, Ministerio de Sanidad, lo desean.
Emisor: anefp
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