Absueltos 19 sindicalistas que se encerraron en dependencias del Consell contra el decreto de recortes

Algunos Sindicalistas Durante El Juicio
EUROPA PRESS
Europa Press C. Valenciana
Actualizado: miércoles, 28 marzo 2012 16:54

VALENCIA 28 Mar. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de Instrucción número 3 de Valencia ha absuelto a los 19 sindicalistas que se encerraron el pasado 9 de febrero en la Dirección Territorial de Bienestar Social y en la Secretaría Autonómica de Hacienda y Administraciones Públicas de Valencia en protesta por el decreto de recortes del Consell, al no apreciar existencia de infracción alguna penal ni de cargo suficiente.

Asimismo, en la sentencia, el magistrado señala que no procede hacer expresa condena en costas por no existir responsabilidad criminal en los encierros de los siete miembros del comité de empresa de la Conselleria de Bienestar Social, ni de los 12 miembros de la Junta de Personal.

La Fiscalía ya solicitó la absolución de estos 19 sindicalistas, mientras que el abogado de la Generalitat pedía una multa de 60 euros durante un mes a cada uno de los acusados como autores de una falta del artículo 635 del Código penal, al entender que la falta se consuma por la mera permanencia sin la correspondiente autorización en estos locales de la Generalitat a partir de las 20.00 horas sin autorización.

Sin embargo, en el caso de los siete miembros del comité de empresa de la Conselleria de Bienestar Social el juez concluye que "no existe prueba de cargo alguna de la que se desprenda que se encontrasen en contra de la voluntad del titular, sino que a los sumo no se encontraban autorizado para permanecer reunidos".

Así, señala a las declaraciones del propio director territorial declaró desconocer si estaban en una reunión legítimamente convocada y aunque no les autorizó para la reunión fuera del horario en estas dependencias "también es cierto que de sus actos no se desprendía la prohibición o falta de consentimiento".

Del mismo modo, el juez apunta que de las declaraciones del Comisario de la Unidad Adscrita también desconoce si los que estaban reunidos eran miembros o no del Comité de Empresa ni qué hacían, y que no le dijeron que hubiese ningún altercado.

SIN DAÑOS NI ALTERCADOS

Por su parte, los imputados coincidieron en declarar que no se les requirió para que abandonasen el local, explicaron que estaban reunidos en Comité de Empresa para debatir el decreto de rectores y que no pidieron autorización sino que sólo avisaron de que se iban a reunir y alargar la reunión. Además, aseguraron que el director territorial subió por si precisaban algo y que no produjeron daños ni altercados.

Asimismo, apuntaron que nadie les enseño nada por escrito y que nadie les dijo que no podían estar. Es más, afirmaron que incluso les ofrecieron café. Por todo ello, el magistrado concluye que son "actuaciones lo suficientemente ambiguas de las que se desprende que podrían perfectamente entender que gozaban de autorización". Por último, agrega que de las declaraciones testificales de los policías que intervinieron no se desprende que tuvieran orden de prohibir la permanencia en estos locales.

En el caso del encierro de los 12 miembros de la Junta de Personal, señala que tampoco hay prueba recargo suficiente de la que se desprenda la existencia de responsabilidad penal ya que los integrantes de la Junta de personal negaron haber dado orden de desalojo o falta de autorización que les prohibiese permanecer y la testifical del policía Nacional que acudió a la sed fue "inconcreta y con mucha falta de precisión".

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