Archivo - Salomé Pradas en la entrevista en Salvados. - LA SEXTA/EP - Archivo
VALÈNCIA 25 Feb. (EUROPA PRESS) -
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia coincide con la jueza que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 y ha rechazado incorporar al procedimiento la entrevista que ofreció la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas en el programa 'Salvados' antes de su emisión.
Así se desprende de la resolución, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), en la que se desestima el recurso de apelación interpuesto por la acusación popular que ejerce Podemos.
De esta forma, el tribunal confirma la decisión de la magistrada instructora del Tribunal de Instancia de Catarroja de denegar que se recabase e incorporase a las actuaciones la entrevista que dio la exconsellera investigada a un programa de televisión antes de su emisión.
La decisión de la Sala se sustenta, no tanto en las razones que da la jueza para rechazarla, sino en el hecho de que el programa en cuestión no había sido emitido en el momento en que fue solicitada su incorporación y, atendiendo al anticipo publicado por la cadena emisora y que transcribe el recurrente al inicio del escrito interesando la diligencia, no se aprecia su utilidad.
"Ciertamente, como pone de manifiesto la recurrente, estamos ante una entrevista concedida de manera voluntaria por Salomé Pradas. Entendemos que no existe una afectación de su derecho de defensa por cuanto, en el momento de la concesión de la misma, Pradas ya había prestado declaración como investigada ante el Juzgado, de manera que no cabe descartar que lo dicho por la misma, insistimos, de manera voluntaria y siendo conocedora de sus derechos como investigada en una causa penal, ante una cadena de televisión y un programa con esa audiencia, pudiera tener interés para la causa".
El tribunal indica que ya habiendo sido emitido el programa, le cabe a la acusación la posibilidad de proponer de nuevo la diligencia justificando su utilidad ante la jueza. "No así los brutos del programa por cuanto cabe entender que el consentimiento de la concernida a la emisión del programa no se extiende a la emisión de dichos fragmentos", puntualiza.
Con este auto, notificado a las partes, ya son 41 los dictados en apelación por la sección segunda de la Audiencia en respuesta a otros tantos recursos, de los que 36 han sido desestimatorios y, por tanto, confirmaron las decisiones de la jueza instructora, y otros cinco estimatorios, bien parcial o bien totalmente.