La Audiencia impone 18 años de prisión a la mujer acusada de matar a su vecina de 85 años de Utiel

Actualizado: martes, 25 febrero 2014 14:47

VALENCIA, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto una pena de 18 años de prisión a la mujer acusada de matar a su vecina de 85 años en su vivienda de la localidad valenciana de Utiel en marzo de 2012, según consta en la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). La procesada, a la que el jurado que le juzgaba halló culpable por unanimidad, defendió en el juicio que no tenía "valor" para hacer algo así y que la víctima "era muy buena".

El tribunal condena a esta mujer por un delito de asesinato con la concurrencia de las circunstancias agravantes de la responsabilidad criminal de abuso de superioridad y de obrar con abuso de confianza. Junto a la pena de prisión, le impone que pague una indemnización de 50.000 euros a la hija de la víctima.

La Audiencia fija esta pena tras indicar que durante la vista "hubo prueba de cargo bastante para desvirtuar su presunción constitucional de inocencia", en relación con la testifical practicada y con la pericial de ADN realizada, así como con el informe forense de la autopsia.

"En efecto, tan solo la prueba de ADN realizada ya resulta concluyente, a criterio de esta magistrada presidente, de la autoría de los hechos por parte de la acusada", señala el tribunal en su resolución, en la que agregan que el ADN de la acusada se halló en lugares de "especial significación" con relación al delito enjuiciado.

Los hechos se remontan al 1 de marzo de 2012, sobre las 20 horas, cuando la acusada, Aurora S.J., se dirigió a casa de su vecina, quien vivía sola y la dejó entrar por ser conocida suya del barrio. Una vez en el interior, concretamente en el garaje situado en la planta baja, la procesada cogió un arma blanca con filo, que la colocaba en una situación de superioridad o ventaja, y aprovechándose de ella, así como de la soledad en que se encontraban, comenzó a agredir a Esperanza con ánimo de causarle la muerte, según consta como probado en la sentencia.

La víctima trató de repeler la agresión con sus manos, motivo por el cual sufrió numerosas heridas incisas en ambas manos y en las muñecas. A pesar del desesperado intento de Esperanza para defenderse, la acusada consiguió alcanzarle con el arma blanca en la cara, ocasionándole varias heridas en la región frontal, parietal y malar derechas.

Acto seguido, mientras la víctima estaba en el suelo, semiinconsciente, la acusada cogió un palo de madera de 76 centímetros de largo con el que, con ánimo de incrementar el sufrimiento y dolor de la víctima, le golpeó fuertemente en la cara, ocasionado la fractura de macizo facial con aplastamiento de hueso nasal y fractura conminuta de maxilar a nivel alveolar superior.

Todas las lesiones que sufrió la víctima la dejaron inconsciente, y la acusada aprovechó para provocar un fuego que causó la carbonización del cuero cabelludo de la víctima en toda su extensión, así como de parte de la cara y la región torácica postero-superior de ésta. La víctima falleció antes de la llegada de los servicios sanitarios a causa de un shock hipovolémico, consecuencia de las múltiples heridas y del traumatismo facial causados por la procesada.