VALENCIA 25 Abr. (EUROPA PRESS) -
La sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado al Ayuntamiento de Picassent (Valencia) a indemnizar con 6.395 euros a un joven al que, cuando tenía 16 años, le corneó una res cuando saltó al ruedo de la plaza de toros provisional que se había instalado en la localidad en julio de 2001 con motivo de las fiestas en honor a San Cristóbal.
El joven sufrió la resección parcial del pulmón, lesión que el tribunal cree que debería ser indemnizada con 19.186 euros. No obstante, considera que concurre una culpa de la víctima en dos tercios, ya que saltó al ruedo de "forma consciente y voluntaria", a una edad en la que se tiene "el grado de discernimiento suficiente para calibrar el riesgo" de una actuación como la realizada, y por este motivo deja en 6.395,33 euros la cantidad a la que deberá hacer frente el consistorio.
La sala cree que en este caso no consta que ni el consistorio demandado o la asociación a la que éste encargó la organización del festejo hubieran adoptado actuación preventiva alguna que pudiera haber contribuido "siquiera en alguna medida", a que la prohibición de participación a los menores de edad "se hiciera efectiva", como advertencias en carteles o vigilancia por la policía municipal o por el personal adscrito al acto.
En opinión del tribunal, esto constituye "una omisión imputable al Ayuntamiento que influyó sin duda a la situación de riesgo antijurídico en el que se fraguó el daño padecido por el recurrente". No obstante, en atención a la culpa de la víctima, rebaja a un tercio la indemnización que deberá pagar al afectado, que inicialmente pedía al consistorio 40.839 euros.
Según consta en la sentencia, el 27 de junio de 2001, el Ayuntamiento de Picassent acordó que una asociación organizara las fiestas de toros en honor a San Cristóbal. En el convenio suscrito se establecía, entre otras previsiones, que no estaba permitida la participación de menores de 16 años, que únicamente podrían asistir como espectadores.
El Ayuntamiento se obligaba a prestar ayuda personal y material al adjudicatario para la consecución del orden público y la celebración de los actos y actividades programadas. El 8 de julio, el menor, de entonces 16 años, acudió a la plaza de toros provisional donde iba a celebrarse el festejo taurino consistente en la suelta de vaquillas y un toro embolado, sin que conste que sus padres tuvieran conocimiento de ello.
El joven compró la entrada, se sentó en la grada y, en un momento determinado, de modo voluntario, saltó al ruedo y llamó al toro. Sin embargo, el adolescente resbaló y sufrió una cogida por la res hasta que el personal de auxilio le rescató. Como resultado, sufrió lesiones de las que tardó 109 días en curarse y que implicaron la resección quirúrgica del lóbulo inferior del pulmón izquierdo.