El ICAV ampara a la abogada multada por cuestionar la resolución de un juez con la expresión "conocimiento paranormal"

Ciudad de la Justicia de Valncia
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Publicado: domingo, 13 enero 2019 12:43

La entidad colegiada entiende que no el recurso de la abogada "en ningún momento falta al respeto a la autoridad judicial"

VALNCIA, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) ha concedido el amparo a una letrada sancionada con 600 euros por un juez como "corrección disciplinaria" por haber utilizado, entre otras, la expresión "conocimiento paranormal" para cuestionar una resolución dictada por el magistrado.

Así consta en una resolución de la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia del ICAV, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se comunica a la letrada que la Junta de Gobierno de la institución acordó acceder a la solicitud de amparo, petición que presentó el pasado 28 de diciembre.

En la resolución, la Junta de Gobierno del colegio entiende que el recurso de la abogada "en ningún momento falta al respeto a la autoridad judicial" para ser merecedor de la sanción impuesta, que la abogada también recurrió ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana al considerar que la libertad en el uso de la palabra "es atributo consustancial al ejercicio de la abogacía" y cuenta además con una singular protección.

La petición de amparo vino motivada a raíz de la decisión del juez del Juzgado de Primera Instancia de Instrucción número 4 de Massamagrell de imponerle una sanción de 600 euros por "reiterada falta de respeto hacia la autoridad judicial" al usar en un escrito el término "conocimiento paranormal", entre otros, para cuestionar el contenido de una resolución dictada por el magistrado en un asunto en el que ella ejercía la defensa.

"NO MENOSPRECIA LA FUNCIÓN JUDICIAL"

La letrada afectada, Ica Aznar, argumentaba que la alusión en sus recursos a la "imaginación" o "conocimiento paranormal" del magistrado juez "ataca la resolución en orden a su contenido" y defendía a su cliente "de una posible y grave imputación de delito", pero "no insulta, no veja y no menosprecia la función judicial".

Esta causa tiene su origen en un auto del pasado mes de julio en el que el magistrado de Massamagrell acordaba procesar a la defendida de la letrada sancionada, al considerar, en un proceso derivado de otro en el que se investigaba a un hombre por presuntos abusos sexuales a menores, que esta mujer tenía la "intención" de vulnerar la intimidad de las niñas y publicar mensajes de apoyo al investigado en una red social, para lo que pidió fotos de las chicas.

Para el magistrado, esta actuación podía ser constitutiva de dos delitos contra la intimidad en grado de tentativa, mientras que el fiscal pidió el sobreseimiento. En el recurso contra la decisión judicial, la letrada afirmaba que los fundamentos de derecho usados por el magistrado respondían "a una conclusión del instructor no adverada, mera imaginación" que resulta "paralegal" y aludía asimismo a los términos de "mera elucubración, sin base probatoria" o "conocimientos paranormales" que "quedan fuera del ámbito del Estado de Derecho".

El instructor decidió imponer la sanción al entender que ese escrito "excedió el ejercicio del derecho de defensa llegando a atentar contra el honor y la consideración debida que merecen todos los miembros del poder judicial".