El juez discrepante defendió la nulidad de la sentencia absolutoria de Camps por su "clamorosa" falta de motivación

Costa Y Camps Tras La Lectura Del Veredicto
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 10 mayo 2013 16:41

Cree que "no solo debe hacerse Justicia, sino parecer que se ha hecho"


MADRID, 10 May. (EUROPA PRESS) -

El magistrado del Tribunal Supremo Joaquín Giménez mantiene que la sentencia que absolvió al ex presidente de la Generalitat Valenciana Francisco Camps en el llamado 'caso de los trajes' debió ser anulada y devuelta al Tribunal Superior de Justicia por su "clamorosa" falta de motivación. "No solo debe hacerse Justicia, sino parecer que se ha hecho", añade.

Giménez expresa esta posición en el escrito en el que argumenta el voto particular discrepante que interpuso contra el criterio de sus cuatro compañeros de la sala de lo Penal de confirmar la exoneración de Camps y del ex dirigente regional del PP Ricardo Costa de un delito de cohecho pasivo impropio.

Para el magistrado, la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia, en la que se recogió el fallo absolutorio alcanzado por un jurado, debió ser "nula de pleno derecho" por su "total" ausencia de motivación. Apostaba así por su devolución al magistrado que presidió el juicio y que, realmente, se limitó a emitir "un acta" de un único fundamento jurídico con la decisión del tribunal popular.

GARANTIZAR QUE NO HAYA ARBITRARIEDADES

"No es este el rol que debe desempeñar el presidente del tribunal de jurado, que no es un 'invitado de piedra', que se limita a constatar lo decidido por el jurado y a extraer, asépticamente, la conclusión", sostiene Giménez, para añadir que el juez debe ser "garante de la interdicción de toda arbitrariedad".

Desde su punto de vista, hace falta un soporte probatorio que dé consistencia a la falta de convicción sobre la culpabilidad y es aquí donde corresponde al magistrado-presidente del juicio, "no tanto verificar si el colegio de jurados dudó, sino si hizo bien en dudar dada la calidad de las informaciones probatorias". "Todo ello en garantía de la interdicción de la arbitrariedad", remacha.

Ante la falta de control del veredicto y de la ausencia de argumentaciones en la sentencia de instancia para estudiar su razonabilidad, el magistrado discrepante entiende que el alto tribunal debió devolverla a la Justicia valenciana para que subsanara tal omisión.

"Al Colegio de Jurados le corresponde facilitar los 'materiales de construcción' con los que el magistrado-presidente debe 'levantar' la argumentación de su resolución y justificar el fallo", expone Giménez.

Hace hincapié en que este reparto de roles era de especial importancia por el "privilegio de aforamiento" de uno de los inculpados, no existiendo posibilidad de recurrir en apelación.