Medio Ambiente y Vivienda incrementa las medidas contra el fraude en la compraventa de viviendas protegidas

Actualizado: jueves, 23 agosto 2007 13:39

VALENCIA, 23 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda aplicará durante los próximos cuatro años las nuevas medidas contra el fraude en la compraventa de viviendas protegidas, tanto en primeras como en segundas o posteriores transmisiones, que se recogen en el Reglamento de Protección Pública a la Vivienda, aprobado por el Consell al final de la pasada legislatura, según informó la Generalitat en un comunicado.

Este nuevo Reglamento, que entra en vigor hoy, establece en su artículo 45 la obligación "de obtener los correspondientes documentos de idoneidad del comprador y del vendedor a la hora de transmitir una vivienda con protección pública (VPP)". El objetivo es que estas viviendas estén ocupadas "sólo por las personas que realmente tengan derecho a ello".

En este sentido, el documento de idoneidad "garantiza y refuerza los derechos de los ciudadanos que quieren acceder a un hogar protegido, a través de una medida de transparencia y antifraude que permite certificar que la persona que compra una vivienda protegida cumple los requisitos establecidos para acceder a este tipo inmuebles". Según recordó la Generalitat, "antes sólo se tenía control en el momento de la concesión de las ayudas, ahora también en el momento de la compra".

Así, para el otorgamiento de escrituras de segundas y posteriores transmisiones de viviendas protegidas, cada una de las partes deberá aportar su documento de idoneidad expedido por el Servicio Territorial competente en materia de vivienda. Cuando vaya a producirse la compraventa, los notarios exigirán dichos documentos o en su defecto lo comunicarán al Servicio.

Para la obtención del documento de idoneidad por parte del comprador, éste deberá cumplir las condiciones que la normativa vigente exija para las VPP. Actualmente, estos requisitos son no tener una vivienda en propiedad, destinarla a residencia habitual y permanente y tener unos ingresos que no superen 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), o 6,5 veces en el caso de las viviendas de protección pública autonómica. Este documento tendrá una validez de seis meses, y si en este plazo no se ha adquirido la vivienda, deberá renovarse.

El vendedor, en su caso, deberá aportar igualmente un documento con la identificación de la vivienda, el régimen al que se acoge, su precio máximo de venta y sus condiciones. Su vigencia será también de seis meses.

Estas medidas también serán aplicables en la compraventa de viviendas de protección pública de nueva construcción cuando los compradores no soliciten la financiación específica de los planes de vivienda, o no cumplan los requisitos para dicha financiación, aunque sí para la adquisición de una vivienda con algún tipo de protección pública. En este caso, los ingresos y requisitos de los adquirientes "deberán ajustarse al tipo de vivienda de protección pública que compren", explicó.