Archivo - La exconsellera de Justicia i Interior de la Generalitat Valenciana Salomé Pradas, atiende a los medios de comunicación a su salida de los juzgados de Catarroja, a 12 de enero de 2026, en Catarroja - Rober Solsona - Europa Press - Archivo
VALÈNCIA, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -
La exconsellera de Justicia e Interior el día de la dana, Salomé Pradas, investigada en la causa junto a su ex número dos, Emilio Argüeso, ha presentado un escrito ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al que solicita que dé un "impulso efectivo" a la resolución de las quejas que tiene pendientes y adopte "las medidas necesarias para garantizar que la instrucción" de este procedimiento por parte de la jueza de Catarroja "se ajuste a los principios de imparcialidad, celeridad y justicia que deben regir todo Estado de Derecho".
Así lo señala en el escrito, consultado por Europa Press, en el que el letrado de la exconsellera subraya que el órgano de gobierno de los jueces aún no ha dado respuesta a su anterior queja, presentada en mayo del pasado año y que amplió posteriormente por dos ocasiones, la última en julio, contra la forma en la que la jueza de Catarroja está llevando a cabo la instrucción.
La defensa de la exconsellera acusa a la jueza de "bloquear" cualquier otra línea de investigación que no sea la de su "tesis predeterminada", por lo que cree su actuación debería ser constitutiva de "responsabilidad disciplinaria" por parte del CGPJ, por faltas "muy graves" o "graves".
Al respecto, reitera --como lo hizo en su primera queja-- que, de confirmarse la presencia o intervención del magistrado esposo de la instructora en la sala durante la ratificación de las denuncias, "no solo se habría vulnerado el derecho de las partes al juez ordinario predeterminado por la ley, sino que se habría incurrido en una flagrante infracción del deber de secreto".
Pradas expone que las garantías constitucionales "no constituyen un elemento periférico del proceso penal, sino que son un componente estructural que determina los límites, la validez y la propia legitimidad de las actuaciones instructoras llevadas a cabo" y subraya que el desafío del proceso penal "consiste en asegurar que la eficacia investigadora no se erija en un valor de carácter absoluto capaz de desplazar las garantías esenciales que conforman el proceso, ni que el respeto a los derechos fundamentales se convierta en un obstáculo insalvable para la persecución del delito y la obtención de la verdad material".
"JUICIOS DE VALOR LAPIDARIOS"
La exconsellera añade que su queja se centraba "en la vulneración del derecho de defensa y la falta de imparcialidad objetiva de la Magistrada Instructora, a quien se acusa de conducir la instrucción bajo prejuicios y criterios apriorísticos", a través de "juicios de valor lapidarios, la filtración sistemática de actuaciones que genera un juicio paralelo lesivo para la reputación de la investigada, y una actitud hostil hacia los informes de la Policía Judicial que contradicen su visión de los hechos, lo que en conjunto supone un ejercicio desequilibrado de la función jurisdiccional en una causa de gran trascendencia social".
Para la defensa Pradas, la magistrada está prolongando "artificialmente" la fase de instrucción con testificales "de todo aquel que haya tenido el más mínimo contacto con los hechos", lo que "está acarreando perjuicios devastadores" para su representada y considera "especialmente alarmante" que la jueza "persista" en una línea de actuación que califica "de falta de imparcialidad objetiva", al "ignorar" de forma sistemática cualquier resultado de las diligencias que contradiga" su "tesis preestablecida".
En esta línea, le acusa de dictar resoluciones de "extrema dureza" y cuestiona que "mientras se practican diligencias que arrojan luz sobre la inocencia o la atenuación de responsabilidad de mi mandante, la instructora mantiene sus criterios iniciales sin el menor rubor, como si las diligencias de prueba que se van practicando, no existieran".
Como ejemplo, cita una auto de la jueza en el que afirma que el único "objeto fáctico" fue el de responder a la intervención del presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, en la comisión de investigación del Congreso de los Diputados.
"VISIÓN SESGADA"
La defensa añade que el ejercicio de la función jurisdiccional "debe ser equilibrado y transparente" y una instrucción como esta "no puede quedar al arbitrio de una visión sesgada que ignora la realidad de los autos" y el CGPJ "no puede ser ajeno a una situación donde el transcurso del tiempo, lejos de servir para el esclarecimiento de los hechos, se está utilizando para consolidar una situación de injusticia material".
A su juicio, la magistrada "sigue insistiendo una y otra vez, en que la única causa de lo sucedido el pasado 29 de octubre de 2024 fue la patente desidia o inactividad de los investigados y el retraso en enviar los Es-Alert, obviando la concurrencia de otras muchas causas, y de mayor importancia, lo que desdibuja la necesaria relación de causalidad para imputarles, nada menos que 228 muertes por imprudencia" --230 según consta en la causa--.