VALENCIA 9 Jun. (EUROPA PRESS) -
La asociación Salvem el Cabanyal aseguró hoy que la última decisión del Tribunal Supremo (TS) adoptada en relación con este barrio valenciano abre "de nuevo la vía para revisar la legalidad" de la prolongación de la avenida Blasco Ibáñez de Valencia al mar y anunció que pedirá al Ministerio de Cultura que, "a la vista de todos los informes técnicos contrarios al Plan", declare que esta iniciativa "supone un expolio para el patrimonio histórico de los valencianos" y "obligue" así al Ayuntamiento a "detener las expropiaciones y la ejecución del Plan en su parte destructiva".
El TS ha confirmado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de que la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, tras oír a la Comunitat Valenciana, motive "expresamente" conforme "a los parámetros legales y reglamentarios aplicables" la resolución dictada en enero de 2001 por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte por la que declaró que no hubo expolio en el proyecto de Plan Especial de Protección y Reforma Interior del barrio valenciano del Cabanyal-Canyamelar (PEPRI).
Con ello, según indicó Salvem el Cabanyal en un comunicado, el Tribunal Supremo "abre de nuevo la vía para revisar la legalidad de la prolongación de Blasco Ibáñez sobre el Cabanyal". La asociación subrayó que en el año 2000 los vecinos del Cabanyal reclamaron al Ministerio de Cultura que se pronunciara sobre si el Plan de prolongación de Blasco Ibáñez "suponía un caso de expoliación previsto en la Ley de Patrimonio Histórico", tal y como ellos denunciaban.
El Ministerio de Cultura --en esa fecha el PP estaba al frente del Gobierno-- rechazó "de plano la pretensión de los vecinos, afirmando que se trataba de un tema urbanístico y que por tanto la competencia exclusiva era de la Generalitat".
Salvem el Cabanyal recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid y logró una sentencia favorable, que fue recurrida por Ejecutivo central, Ayuntamiento --que dejó el procedimiento-- y la Generalitat". Ahora, el TS ha rechazado los recursos en una sentencia que, según la asociación "no es recurrible".
Para la entidad, el fallo es "de enorme importancia, ya que afirma la competencia sobre el caso de la Administración del Estado, y obliga al Ministerio de Cultura a expresar y motivar si considera expolio la irrupción de la avenida Blasco Ibáñez sobre el Cabanyal".
La motivación, según añadió, debe hacerla "conforme a los parámetros legales y reglamentarios aplicables al caso, y con relación por ello a los amplios y exhaustivos informes de los arquitectos de la Inspección de la Conselleria de Cultura Valenciana, de la Sindicatura de Greuges, y de la Facultad de Derecho y demás Departamentos de la Universidad de Valencia", que fueron todos ellos "favorables" a Salvem el Cabanyal y se aportaron "en el expediente de expolio hipotéticamente ocasionado por el Plan del Ayuntamiento".
A juicio de Salvem, estos informes "no se tuvieron en cuenta en el momento de dictar las sentencias ni en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana --en octubre de 2004-- ni en la del Tribunal Supremo --de 12 de marzo de 2008-- en la que se desestimaba el recurso de casación".
En este sentido, agrega que el TS "reconoce que, al dictar el año pasado la sentencia en que permitía al Ayuntamiento realizar la prolongación de Blasco Ibáñez, "partía de la premisa (equivocada, según la entidad) de que no había un procedimiento específicamente referido a la expoliación, ni un procedimiento al respecto de la Administración competente".