El Síndic insta a Igualdad a incluir a los tutelados entre los supuestos a tramitar "de urgencia" en dependencia

Imagen de archivo de una persona dependiente
Imagen de archivo de una persona dependiente - ARCHIVO
Publicado: sábado, 17 agosto 2019 12:01

VALNCIA, 17 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Síndic de Greuges ha instado a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas a incluir a los tutelados como uno de los supuestos a tramitar "con carácter de urgencia" en los procedimientos de reconocimiento de la dependencia y a que asuma los gastos ocasionados en la atención a un tutelado desde que se hizo cargo del ejercicio de la tutela --en julio de 2016 y que en noviembre de ese año ingresó en una residencia a petición de la propia administración-- hasta que falleció en septiembre del año siguiente.

Asimismo, le sugiere que atienda a las obligaciones inherentes a su condición de tutora y que valore la articulación de mecanismos "más ágiles" con los que atender las situaciones de dependencia de los tutelados "sin abocar a graves perjuicios a las entidades o empresas que, por su directo encargo, les atienden".

"Que la administración no pague el recurso durante más de nueve meses evidencia un abuso de autoridad, pues la residencia, sin duda, hubo de aceptar el ingreso de la persona dependiente tutelada por la Conselleria y soportar un trato de gracia, no cobrando la estancia durante meses, que no se daría en otros casos particulares", concluye la resolución del Síndic, consultada por Europa Press.

El escrito responde a la petición de la responsable de una residencia de Estivella (Valencia), en la que se pedía la intervención del defensor del pueblo valenciano dado que explicaba que no habían percibido prestación alguna por los nueve meses y 17 días que el tutelado estuvo en el centro hasta su fallecimiento.

Esta persona ingresó en noviembre de 2016 a petición de Igualdad, "en su condición de tutelado". Desde la Unidad de Tutelas de la administración se indicó a la residencia que pidiera una prestación económica vinculada al servicio residencial, con carácter de urgencia, como hizo el centro.

Sin embargo, en septiembre de año siguiente, tras 9 meses y 17 días, murió sin que la Generalitat hubiese abonado pago alguno por el recurso utilizado y sin que hubiese tramitado prestación o ayuda con ese fin. La responsable del centro afirmaba que la Conselleria reconocía la deuda, por total de 13.297 euros, a razón de 1.390 euros mensuales.

Pero, pese a sus reclamaciones, Igualdad no les abonaba ese importe y les dirigía a otros servicios, sin resolver el problema desde que falleció, hacía 17 meses en el momento de presentar la queja, en enero de este año.

HEREDEROS Y DERECHOS

En un primer momento, la Conselleria no respondió en el plazo previsto y ya en junio de 2019 se registró su informe en el que se comunicaba que, tras el fallecimiento del tutelado, son sus herederos los acreedores de sus derechos, salvo existir un acuerdo de cesión de cobro a favor de un tercero, una circunstancia que no consta en el expediente.

Por su parte, el centro contestó no entender los razonamientos de la Conselleria porque consideraba que es a la administración a quien corresponde el abono de la deuda y que la residencia no debe dirigirse a los herederos de la persona dependiente pues fue Igualdad como tutora quien decidió el ingreso.

A la vista de estos datos, el Síndic en funciones, Ángel Luna, señala que la actuación de Igualdad puede no ser "lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada" y sostiene que es "evidente" la "falta de cumplimiento de la Conselleria en sus obligaciones como tutora" al no constar acción sobre la rendición anual de cuentas ni que se atendiesen las deudas mensuales contraídas con la residencia.